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Tribunal sube a dos años de cárcel la condena para María Alejandra Vicuña

La exasambleísta y exvicepresidenta fue condenada por concusión al haber solicitado aportes indebidos a sus excolaboradores

WILSON TOAINGA FISCAL
Diligencia. El fiscal Wilson Toainga durante la audiencia de apelación de María Alejandra Vicuña.Cortesía

Tres jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) ratificaron este 25 de enero de 2021 la sentencia por concusión impuesta a la exasambleísta y exvicepresidenta María Alejandra Vicuña y le aumentaron a dos años de cárcel la pena inicial de un año de prisión. 

La audiencia de apelación se suspendió sin resolución el pasado 8 de enero y reinstaló a las 11:00 de este lunes para el anuncio del fallo. 

El tribunal integrado por los jueces David Jacho, Dilza Muñoz e Iván León, rechazaron el recurso presentado por la exvicepresidenta y aceptaron parcialmente los recursos presentados por la Procuraduría y la Fiscalía.

Vicuña fue declarada culpable de recibir aportes indebidos de excolaboradores durante su gestión como legisladora. En la audiencia el fiscal subrogante Wilson Toainga pidió que se sancione a la exfuncionaria con el máximo de la pena prevista para el tipo penal acusado. Eso es cuatro años de cárcel pero los jueces modificaron la condena inicial de un año de cárcel y le impusieron el doble de la pena inicial.

El razonamiento fue que el tipo penal se determina con tres tipos rectores que eran: mandar, percibir o exigir cuotas o contribuciones que Vicuña habría efectuado a su equipo de trabajo. La entrega para desarrollar sus actividades en el despacho, según el argumento de los jueces, se corrobora con los testimonios de sus colaboradores en la audiencia de juicio.

El tribunal explicó que la cuota exigida a sus subalternos eran conocidos por la exasambleísta por lo que se afianza la tipicidad objetiva.

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La audiencia de apelación de la condena impuesta a María Alejandra Vicuña concluyó este viernes sin resolución

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Los jueces no aceptaron la suspensión condicional de la pena solicitada por la sentenciada debido a que no se justifican los requisitos establecidos en el art. 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ya que la gravedad de la conducta establece la pena.

Durante la audiencia de apelación Juan Carlos Salazar, abogado de Vicuña, había insistido que el delito según la sentencia, fue cometido entre 2011-2016 y recién se procesó en 2018. Según el defensor en el juicio se demostró que cualquier aporte se hacía de forma voluntaria porque eran amigos de la Alianza Bolivariana Alfarista, el movimiento de la exlegisladora. Citó testimonios y pruebas presentadas en el juicio. Manifestó que a su cliente se le condena únicamente con el testimonio de Ángel Sagbay, quien contradice a los testimonios probatorios.