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El techo a las utilidades no afectara al 5 % de cargas familiares, segun Trabajo
El Ministerio emite a última hora un nuevo acuerdo aclaratorio

No será por confusión que los trabajadores vayan a ver afectadas sus utilidades. El Ministerio de Trabajo el miércoles por la noche emitió un nuevo acuerdo que aclaraba definitivamente que las utilidades por cargas familiares se pagarán sin límite.
La autoridad laboral atendía así a los pedidos de las empresas, pese a no responder a las preguntas de EXPRESO sobre las razones por las que esa aclaración no se había incluido en el anterior acuerdo ministerial de 31 de diciembre de 2016 y se hizo en cambio con un oficio circular - un documento sin suficiente fuerza de ley, según los abogados- de 31 de marzo de este año.
Lo que preocupaba a los empleadores el miércoles, tal y como recogió este Diario, es que ayer era el último día laboral antes del 15 de abril. Y el 15 de abril es el día límite para que los ecuatorianos reciban parte de las utilidades que generó su empresa en 2016. Por eso, en la práctica, la mayoría de empresas que no lo había hecho ya, debía ordenar el pago de utilidades el jueves.
Sin embargo, un día antes, las compañías que tuvieron tantos beneficios como para exceder en su reparto el límite de 24 salarios básicos por trabajador (8.784 dólares), no tenían claro cómo aplicar ese límite. En concreto, no sabían si el 5 % que corresponde a las cargas familiares debía pagar por encima del techo o si estaba restringido por el límite fijado en 2015 por la Ley de Justicia Laboral.
Había un oficio circular que era muy explícito a la hora de aclarar las dudas, pero al sector privado le inquietaba que ese documento no fuese suficiente respaldo para después, justificar ante el IESS un pago de excedentes menor a si hubieran reducido las utilidades por cargas familiares para que quedaran dentro del techo.
Las inquietudes quedaron resueltas cuando el viceministro de Trabajo, José Gálvez, publicó en Twitter a última hora cuatro páginas que correspondían a un nuevo acuerdo ministerial que, pese a no contener fecha, modificaba el de diciembre y en que se excluía del techo el 5 % de las utilidades por cargas. Hasta ayer, el acuerdo aún no estaba en el Registro Oficial.