
SRI extiende plazo para declarar impuestos: ¿hasta cuándo aplica?
El SRI extendió el plazo de declaraciones por fallas en su sistema. Revisa las nuevas fechas y quiénes aplican a la prórroga
En medio del calendario tributario de marzo, un imprevisto tecnológico obligó a ajustar los tiempos. El Servicio de Rentas Internas (SRI) decidió ampliar de forma excepcional el plazo para declarar impuestos en Ecuador, tras reportarse inconvenientes en su plataforma digital el día en que vencían varias obligaciones.
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La medida apunta a los contribuyentes cuyo límite original era el 16 de marzo de 2026, una fecha que coincidió con un alto volumen de transacciones en el sistema. La entidad reconoció que estas condiciones generaron dificultades para completar los procesos en línea.
"SRI amplía de manera excepcional los plazos para la presentación de las declaraciones de impuestos, con fecha de vencimiento 16 de marzo de 2026", dijo la entidad en su cuenta de X.
¿Por qué el SRI amplió el plazo de declaraciones?
El ajuste no fue arbitrario. Según explicó la administración tributaria, la plataforma presentó fallas técnicas asociadas a la alta demanda de usuarios y al volumen de información procesada en ese momento.
Estas intermitencias impidieron que varios contribuyentes pudieran ingresar sus declaraciones a tiempo, lo que motivó la emisión de una resolución para evitar sanciones injustificadas.
En términos prácticos, el SRI optó por reprogramar los vencimientos para garantizar que los usuarios cumplan con sus obligaciones sin verse afectados por problemas externos al contribuyente.
📣 COMUNICADO OFICIAL
— SRI Ecuador (@SRIoficialEc) March 18, 2026
SRI amplía de manera excepcional los plazos para la presentación de las declaraciones de impuestos, con fecha de vencimiento 16 de marzo de 2026.
Descarga la resolución 👉🏼 https://t.co/svFdFaW1QC#ElNuevoEcuador pic.twitter.com/toCskr8xll
¿Hasta cuándo se puede declarar impuestos en Ecuador?
El nuevo calendario establecido por el SRI aplica específicamente para ciertos contribuyentes, definidos según el noveno dígito de su Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Nuevas fechas de declaración
- Contribuyentes con noveno dígito en 3: podrán declarar hasta el 25 de marzo de 2026.
- Contribuyentes con noveno dígito en 4: tendrán plazo hasta el 26 de marzo de 2026.
Estas fechas reemplazan el vencimiento original del 16 de marzo, extendiendo el margen para cumplir con la obligación tributaria.
¿Habrá multas o recargos por la demora?
Uno de los puntos clave de la resolución es que los contribuyentes beneficiados por esta prórroga no deberán asumir penalidades.
El SRI aclaró que, debido a las fallas en el sistema, no se aplicarán multas, intereses ni recargos a quienes no pudieron declarar dentro del plazo inicial, siempre que lo hagan dentro de las nuevas fechas establecidas.
Esta decisión busca evitar perjuicios económicos y mantener la equidad en el cumplimiento tributario.
¿A quiénes aplica esta prórroga del SRI?
La ampliación del plazo no es general para todos los contribuyentes, sino que se enfoca en quienes tenían como fecha límite el 16 de marzo y cuyos RUC terminan en los dígitos señalados.
Sin embargo, el anuncio también pone en alerta a otros usuarios del sistema, ya que evidencia la presión que puede experimentar la plataforma en fechas clave del calendario fiscal.
Para evitar contratiempos, el SRI suele recomendar realizar las declaraciones con anticipación, especialmente en periodos de alta demanda.
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