
¿Por qué Rafael Correa pide a sus precandidatos desafiliarse de la RC5?
El expresidente de Ecuador envió un inesperado mensaje en redes sociales. Pedido estaría ajustado al Código de la Democracia
El expresidente Rafael Correa dispuso este 27 de marzo que los eventuales postulantes de la Revolución Ciudadana se desvinculen de manera inmediata de esa organización política, en medio de los cambios introducidos al calendario electoral por el Consejo Nacional Electoral (CNE),
La directriz surge tras la resolución del organismo electoral de adelantar las elecciones seccionales para el 29 de noviembre de 2026, una decisión que reconfigura los plazos del proceso y obliga a los actores políticos a ajustar sus estrategias de participación.
Previo a que el CNE oficializara la modificación del cronograma, el correísmo ya había advertido sobre este escenario. A través de sus canales, la organización cuestionó los argumentos técnicos utilizados para sustentar el cambio, particularmente aquellos relacionados con el impacto del fenómeno climático previsto en el país. Según su postura, esta alteración afectaría las condiciones de competencia electoral.
El curioso pedido de Rafael Correa a sus precandidatos
En ese contexto, Correa planteó que la desafiliación de los precandidatos permitiría evitar que queden fuera de la contienda territorial. La medida, según lo expresado en su pronunciamiento, responde a la necesidad de garantizar la participación de sus cuadros políticos frente a los nuevos tiempos establecidos.
Además, desde el movimiento se hizo un llamado a sus simpatizantes a pronunciarse en las urnas frente a lo que consideran un escenario electoral modificado, mientras que también se dirigieron a las autoridades electorales para que actúen conforme a los principios democráticos.
El sustento legal detrás de la desafiliación
El planteamiento de desafiliar a los aspirantes encuentra respaldo en la normativa vigente. El Código de la Democracia establece condiciones específicas para la postulación de candidatos, especialmente en lo relacionado con la afiliación política.
El artículo 336 dispone que quienes formen parte de una organización política no pueden inscribirse como candidatos por otra si no han renunciado previamente a su militancia. Este trámite debe realizarse con al menos 90 días de anticipación al cierre del periodo de inscripción de candidaturas.
La normativa contempla excepciones únicamente en casos donde exista una autorización expresa del movimiento político o una resolución del Tribunal Contencioso Electoral, siempre que se hayan cumplido los procedimientos correspondientes.
Asimismo, la ley electoral prohíbe que una persona integre más de una lista de candidatos en un mismo proceso, lo que refuerza la necesidad de cumplir con los requisitos de desvinculación en los tiempos establecidos.
Compatriotas:
— Rafael Correa (@MashiRafael) March 27, 2026
Esto no se dio ni con el COVID-19. Todos saben que es puro cuento, y que el objetivo es impedir la participación de los partidos opuestos al Gobierno de Noboa.
A nuestros potenciales candidatos: deben desafiliarse YA de la RC5, para que no les impidan participar.
A… pic.twitter.com/nz6cAmoL1E
Cambio de fecha de elecciones complica a la RC5
La actualización del calendario electoral modifica los plazos tradicionales para la inscripción de candidaturas, lo que incide directamente en decisiones como la desafiliación. En este nuevo contexto, los tiempos se reducen y obligan a tomar acciones anticipadas para evitar impedimentos legales.
De esta manera, la instrucción emitida por Correa se enmarca en una estrategia orientada a adaptar la participación política de su organización a las nuevas condiciones del proceso electoral, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la legislación vigente.
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