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El Consejo Directivo del IESS tiene tres vocales.RENE FRAGA / Granasa

Noboa observa la integración del Consejo del IESS en objeción a Ley reformatoria

La ley reformatoria a la Ley de Seguridad Social establecía que el Consejo Directivo del IESS se conforme con cinco vocales

El presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional el 12 de abril de 2024 su objeción parcial por inconstitucionalidad y por inconveniencia a la Ley reformatoria, de iniciativa ciudadana, a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess).

El documento de 17 hojas fue remitido al presidente del Legislativo, Henry Kronfle, mientras Noboa se encuentra de viaje en Miami, Estados Unidos, por motivos personales, desde el 10 de abril hasta este sábado 13 de abril.

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Los artículos que Noboa observa por inconstitucionalidad son el 6, 7, 8, 9 y la disposición general primera. Mientras que por inconveniencia, observa los artículos 5, 10, 11, la disposición general segunda y las disposiciones transitorias primera y segunda.

En el artículo 6 de la Ley reformatoria la Asamblea hizo cambios sobre la integración del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Se estableció que estaría conformado por cinco miembros. Es decir, un representante de los afiliados en relación de dependencia, otro de los afiliados sin relación de dependencia, uno de los jubilados, uno del Estado y otro de los empleadores.

El Ejecutivo justifica su objeción parcial bajo el argumento de que el Consejo Directivo del IESS, al ser el órgano de gobierno de la entidad, debe estar integrado por representantes de tres sectores que intervienen en esta institución: el Estado, los asegurados (afiliados y jubilados) y empleadores. Alega que ningún sector debe tener preponderancia frente a otro.

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Con la conformación de cinco “no existe igualdad para la toma de decisiones debido a que el sector de afiliados ocupa un 60 % y entre el Estado y el sector de empleadores un 20 % cada uno, dice el Gobierno.

Además, cuestiona que si se aumentan dos vocales en el Consejo Directivo la consecuencia sería el aumento del costo permanente por gastos de personal y administrativos, por un monto promedio de 364.380,52 dólares, por cada vocalía, que correría por cuenta del IESS. Eso generaría un incremento adicional en los egresos del instituto, que no están actualmente financiados, advierte.

Noboa indica que con el artículo 6 se viola la Constitución y los principios de igualdad, representatividad, financiación, sostenibilidad, y, no intervención. Por lo que solicita que se dictamine la inconstitucionalidad del artículo reformatorio.

La finalidad de las observaciones es garantizar la seguridad jurídica e integridad del proyecto de Ley, según el Gobierno.

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