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Arriendos. 36 de cada 100 viviendas en Ecuador están en régimen de alquiler, según el último censo INEC.Vanessa López / Expreso

Pagar garantía para un alquiler no está en la ley

El costumbrismo ha impuesto la garantía como responsabilidad en la sociedad. Expertos dan recomendaciones de cómo no perder ese monto

A finales de septiembre, Andrés Hernández decidió cambiar de departamento para situarse en uno más cercano a su oficina de trabajo. Desocupó una suite en la ciudadela Urdesa, de Guayaquil, para mudarse a la parte céntrica de la urbe. Al pedir la devolución de los $230 de garantía que había depositado un año antes, los propietarios de la casa le indicaron que no le correspondía ‘ni un centavo’.

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“Me dijeron que era para daños y pintura. Tenía entendido que si no había daños en la casa me podían devolver la garantía o por lo menos una parte”, menciona a EXPRESO este ingeniero civil de 28 años.

No hubo devolución. Como él, hay miles de personas que pierden la garantía del alquiler por desconocimiento de sus derechos como arrendatarios o simplemente por evitarse conflictos con los arrendadores.

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Pero, ¿Qué es lo legal?, ¿Qué porcentaje de la garantía le corresponde a los inquilinos una vez que desalojan la vivienda? Jorge Sosa, abogado, experto en Derechos Humanos, explica a EXPRESO que el cobro de la garantía no está contemplado en la Ley del Inquilinato y, por lo tanto, solicitarla “es totalmente ilegal”.

“Como es un contrato de inquilinato y es un derecho civil se entiende que es voluntad de las partes, pero la norma no obliga a los arrendatarios a hacer un depósito por garantía”, explica el abogado.

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Más bien, pedir y cancelar una garantía es una acción de “costumbrismo ecuatoriano”, indica Sosa, que se ha normalizado a tal punto que los inquilinos creen que es un derecho pagarlo, aún cuando hay propietarios que exigen hasta dos y tres meses de garantía.

Por esta misma ausencia de la garantía en la Ley del Inquilinato, como el caso de Andrés, miles de personas no tienen sustento legal para reclamar de regreso este depósito.

No obstante, lo que sucede, explica Sosa, es que los contratos de arrendamiento sí incluyen el pago de una o varios meses de garantía y al firmar ese documento el inquilino está aceptando pagar el dinero. Ante ello, el especialista recomienda leer detenidamente el contrato de alquiler y verificar si dicho documento especifica la devolución de ese monto.

“Debe haber una reforma a la ley del inquilinato para que establezca de manera muy concreta de que no se exigirá garantía”, añade.

El también abogado y conocedor de los Derechos Humanos, Wilson Lindao, menciona que la garantía es un respaldo que tienen los propietarios para reparar su vivienda porque existen inquilinos que tienden a dañar partes de la casa. Además, como Sosa, señala que la costumbre de la garantía está tan impuesta que difícilmente se encuentre un propietario que alquile sin ese pago anticipado.

No obstante, Lindao recomienda a los inquilinos asegurarse de recibir de los dueños de la vivienda un recibo que especifique que el valor dado es por concepto de garantía, que tendría que ser devuelto después.

Para quienes hayan acordado con los propietarios contratos verbales en los que también se ha exigido una garantía, Lindao recomienda usar ese monto como pago de arriendo, previo a dejar el departamento, ya que en ese caso el arrendatario no tiene respaldos legales para reclamar su devolución.

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“Es decir, si tiene pensado cambiarse de casa en diciembre, no pague el mes de noviembre. Indíquele al propietario que vivirá la garantía en ese mes y que luego, juntos evaluarán los daños y el monto a pagar por ellos”, añade.

  • Alquileres. En Ecuador, de cada 100 hogares, 36 se encuentran en régimen de alquiler, préstamo o servicios, según el último censo de población y vivienda del INEC.

Que tomar en cuenta

De acuerdo a la Ley del Inquilinato, los desgastes en la estructura de la vivienda por clima, por el paso del tiempo o por otro factor natural, no recaen como responsabilidad de los inquilinos. Asimismo, la ley señala que los arrendatarios pueden exigir las condiciones necesarias para vivir dignamente, como el acceso al agua, electricidad, servicios higiénicos, salubridad, etc., y cuando el local se halle en mal estado, el arrendatario puede solicitar la rebaja de las pensiones al propietario.

También los inquilinos tienen derecho a exigir un recibo o factura que detalle la constancia de tu pago mensual de arriendo. Añade que si vencido el plazo para la entrega del local que será alquilado, el mismo no hubiere sido puesto en las condiciones ordenadas, el arrendatario, con autorización del juez podrá efectuar las reparaciones indispensables, a costa del arrendador. En tal caso, descontará de las pensiones locativas el valor invertido, más el 10 % de recargo. 

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