Comisión de la Salud. William Garzón, de PAIS, presidente de la mesa, en una sesión en la Asamblea.

Ley de Medicina Prepagada aprueba los reembolsos

Los seguros privados deberán pagar al Estado por la atención de sus afiliados en los centros médicos públicos. Lo determina la Ley de Medicina Integral Prepagada, elaborada por la Comisión de Derechos a la Salud. Ayer esta mesa se allanó al veto parcia

Los seguros privados deberán pagar al Estado por la atención de sus afiliados en los centros médicos públicos. Lo determina la Ley de Medicina Integral Prepagada, elaborada por la Comisión de Derechos a la Salud. Ayer esta mesa se allanó al veto parcial del Ejecutivo.

Los legisladores votaron a favor de las recomendaciones del presidente de la República, Rafael Correa. “El veto aclara los textos trabajados en la comisión. Todos defendemos los derechos de los ciudadanos”, dijo Bayron Pacheco, de las filas de Avanza e integrante de la comisión.

El primer mandatario, además, amplió el plazo para que las empresas de salud prepagada se pongan al día en cuestiones administrativas: de 45 días a un año.

La Presidencia de la República objetó el artículo 33 de la normativa sobre la prohibición, disminución, restricción o eliminación de la cobertura por la edad del asegurado que cumpla 75 años o más. Ese límite había sido fijado por los legisladores.

Pero, según Correa, es peligroso fijar una edad específica para prohibir que cesen los contratos de los afiliados porque “las empresas podrían buscar artilugios para incumplir con esa norma”. El texto ahora dirá “determinada edad”.

También aumentó el número de acápites del artículo 17 sobre la Autoridad Sanitaria Nacional, que regulará y controlará a las compañías que financien servicios de salud prepagada, así como a empresas que oferten asistencia médica.

La objeción presidencial aclara las sanciones; por ejemplo, dice que será considerada una falta grave hacer valoraciones médicas con fines de exclusión para las prestaciones de salud.

El texto será votado la próxima semana. CMP