Riobambeño de 45 años. Presidente del Colegio de Abogados de Pichincha. Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla; catedrático de las universidades Central e Internacional y profesor invitado a nivel de máster y doctorado en cinco países.

“Se vulnera el secreto profesional”

Pedido. Los gremios de abogados esperan que el presidente vete la obligación impuesta a los defensores, de reportar al Servicio de Rentas Internas (SRI) sobre la constitución de empresas en paraísos fiscales. Pero ayer el presidente confirmó que la ley

El Colegio de Abogados de Pichincha prepara una carta para el presidente de la República. Ellos quieren explicarle los derechos y normas que se vulneran con la obligación que se creó, en la última reforma tributaria, para que los abogados informen al SRI sobre las empresas que constituyan en paraísos fiscales.

¿Cuándo enviarán la carta?

Tenemos un avance de la comunicación que pondremos en consideración de los demás presidentes de los colegios de abogados que llegan hoy, a las 10:00. Se basa fundamentalmente en que esta delación obligada vulnera el secreto profesional al que estamos obligados los abogados.

¿Qué normas se afectan con la inclusión de esa obligación?

El derecho a la tutela judicial efectiva; pues no se puede acceder a la justicia si el defensor no guarda el secreto privilegiado con su cliente; el derecho a la defensa porque no es posible si el abogado está obligado a exponer los secretos de su defendido, y el derecho a la intimidad que es parte también del secreto privilegiado entre cliente y defensor.

Esos son derechos establecidos en la Constitución. ¿Y por el lado de las leyes?

El 335.1 del Código de la Función Judicial que establece como prohibición a los abogados revelar secretos de los clientes. Inclusive implica incurrir en delito de prevaricato de abogado que está constituido por revelar secretos de los clientes.

¿Cuál es la sanción?

De uno a tres años y la suspensión del ejercicio profesional. Entonces, ¿cómo una disposición transitoria de una ley denominada solidaria puede vulnerar todos esos derechos y obligar al abogado a delinquir?

¿El texto aprobado en la Asamblea también afecta las normas tributarias?

Esa es una modificación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. Implica, además, que la administración tributaria contaría con prueba ilegítima para proceder en contra de sus administrados.

¿Qué debía hacerse si se buscaba conocer la información sobre la evasión de tributos a través de empresas offshore?

Solicitar al Gobierno panameño que establezca si existen o no personas naturales o jurídicas con ese tipo de compañías. Se tiene que hacer una investigación exhaustiva pero no debe ir por la vía de obligar al abogado a revelar secretos.

¿Y si el presidente sanciona favorablemente la ley?

Presentaremos una acción de inconstitucionalidad.

También hablaron de acogerse a la resistencia...

Exigiremos a nuestros agremiados que se acojan al derecho a la resistencia, de lo contrario incurrirían en delito.

¿A cuántos agremiados se afectaría con la ley?

Independiente que sean cien, mil o uno solo, esto es inconstitucional.