IESS, seguridad social y salud

La salud es un derecho garantizado por el Estado y su financiamiento público proviene de su Presupuesto General, pudiendo apoyar económicamente a entidades autónomas y privadas sin fines de lucro que garanticen gratuidad en las prestaciones. Otro derecho irrenunciable de responsabilidad del Estado es la seguridad social. Queda determinado que son dos derechos diferentes, el de la salud y el de la seguridad social.

Para el ejercicio de los derechos a la seguridad social y de salud de los trabajadores como parte de la población, se creó el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS, una entidad pública, autónoma, regulada por la Constitución y la ley, para cubrir las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley, en beneficio de sus afiliados, por intermedio del seguro universal obligatorio. Se financia “con el aporte de las personas aseguradas” en forma independiente o con relación de dependencia, “de sus empleadores” y, “con los aportes y contribuciones del Estado que constarán cada año en su Presupuesto General, con la obligación de complementar el financiamiento de las prestaciones que no pueden costearse totalmente con las aportaciones de los asegurados”.

El financiamiento obligatorio por parte del Estado no es concesión voluntaria, es parte de la obligación de brindar seguridad social a todos los ciudadanos y que en el caso del IESS, le ayudan a pagar los mismos trabajadores y sus empleadores, para tener una institución propia que maneje su seguridad social. Por tanto, el IESS es de sus afiliados y no de todos los ciudadanos, como erróneamente suele sostener alguna autoridad.

Los fondos y reservas del seguro universal obligatorio que maneja el IESS son propios y distintos de los del fisco, sirviendo para cumplir adecuadamente sus funciones y fines de creación. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio.

¿Se cumplen estos principios constitucionales y normas legales?

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