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Según el último dígito de la cédula se deberá presentar el anexo de gastos personales.cortesía

¿Hasta cuándo se debe presentar los anexos de gastos personales ante el SRI?

Este 10 de febrero empiezan a correr los plazos límites para presentar el anexo de gastos personales

El Servicio de Rentas Internas (SRI) requería que todos los trabajadores en relación de dependencia con un ingreso anual superior a 11,722 dólares presentaran su formulario de proyección de gastos personales a sus empleadores antes del 31 de enero de 2023. Si ya lo hiciste, debes saber que este no es el único pendiente. Desde este viernes 10 de febrero empiezan a correr los plazos límites para presentar el anexo de gastos personales, es decir, es la sustentación o justificación con facturas de la proyección que hiciste en 2022.

¿CUÁL ES EL PLAZO?

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¿QUÉ PASA SI NO ENTREGAS LOS ANEXOS? 

Si no lo hacen en la fecha indicada deberás pagar una multa y si los olvidas por completo pagarás más impuesto a la renta, ya que se anulará la rebaja establecida en la ley.

Este es el primer año en que todos los trabajadores en relación de dependencia que presentaron sus proyección de gastos en el 2022 deben sí o sí presentar el anexo de esos gastos, como lo establece la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal.

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Antes, solo los contribuyentes con gastos proyectados mayores al 50% de la base imponible debían presentar este anexo, pero ahora es obligatorio para todos los trabajadores.

El Servicio de Rentas Internas preparó un sesión en vivo para los contribuyentes que deben realizar el trámite del Anexo de Gastos Personales por primera vez. La transmisión se llevó a cabo el miércoles 1 de febrero a las 15:00 a través de la cuenta de Facebook del SRI. En esta sesión se proporcionó todos los detalles sobre cómo llenar correctamente el formulario.

¿CÓMO PRESENTAR LOS ANEXOS? Revísalo aquí: