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Control. Militares y policías iniciaron con los controles por el toque de queda decretado por el presidente Lenín Moreno.Archivo

Se declara inconstitucional el reglamento del uso progresivo de la fuerza por parte de los militares

El acuerdo fue emitido por el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, en mayo del año pasado

Con voto unánime de sus miembros la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad por la forma del Acuerdo 179 del Ministerio de Defensa que contiene el Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas

Declaró además la inconstitucionalidad por el fondo del artículo innumerado posterior al artículo 11 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado y desestimó la pretensión de inconstitucionalidad del artículo 35 del mismo cuerpo legal, según un comunicado de la Corte.

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En la resolución se consideró que, por la forma, el Acuerdo contraviene el principio de reserva de ley orgánica, previsto en la Constitución, ya que genera consecuencias directas en el ejercicio de los derechos a la vida e integridad personal. 

Añade que, al expedir el documento el ministro de Defensa Oswaldo Jarrín "excedió las atribuciones conferidas a las ministras y ministros de Estado, previstas en el artículo 154 de la Constitución".

Y, con relación al artículo innumerado, a continuación del artículo 11 de la LSPE, referente a la complementariadad de acciones de las Fuerzas Armadas, a la Policía en materia de seguridad interna y orden público, la Corte lo declaró inconstitucional porque al ser indeterminado contraviene el artículo 158 de la Carta Magna que señala competencias privativas para ambas instituciones.

La Corte consideró que la intervención complementaria de las FF. AA., en el control del orden público y seguridad ciudadana debe ser: extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y fiscalizada  debe realizarse dentro de un estado de excepción, en estricto apego a la ley y bajo órdenes de la autoridad civil, como el presidente de la República.

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En junio de 2020 el ministro Jarrín emitió el acuerdo con el que se pretendía regular el uso progresivo de la fuerza. Entre otras cosas se señalaba que podrían utilizar armas de fuego solo cuando la disuasión sea ineficaz. Se trata de un reglamento para que los militares puedan hacer uso progresivo de la fuerza