El Ministerio de Turismo y la Ley de Feriados vigente ya estipuló los días de asueto para el próximo año.

Este es el calendario de feriados para el 2020

El Ministerio de Turismo y la Ley de Feriados vigente ya estipuló los días de asueto para el próximo año.

¿Ya estás pensando en tus vacaciones del próximo año? Para que puedas organizarlas con tiempo, EXTRA te presenta el calendario de los feriados nacionales del 2020.

El Gobierno Nacional y el Ministerio de Turismo han realizado una planificación de asuetos cuyo fin es brindar a los trabajadores — tanto del sector público como del privado— comodidades en las fechas para que puedan disfrutar de estos días de descanso nacional.

Según Turismo y la Ley de Feriados vigente, el calendario anticipado a nivel nacional queda de la siguiente manera:

¿Cuántos feriados le quedan al 2019?

Hasta el momento, los días de feriados que quedan para este 2019 son los de noviembre: 2 por el Día de los Difuntos; y el 3 por celebrarse la Independencia de Cuenca.

Cabe recalcar que los días 2 y 3 son días de fin de semana, por ello el feriado empezará desde el viernes 1 de noviembre —por el traslado del Día de los Difuntos— y terminará el lunes 4 con la Independencia de Cuenca.

De igual manera el 25 de diciembre, cuando se celebra la Navidad, al no coincidir con fin de semana es inamovible por lo que se celebrará el propio miércoles. A su vez, el Gobierno puede realizar alguna modificación en los días previos a este feriado. Estos días no son recuperables.

Aunque los días 30 y 31 de diciembre no cuentan como feriados nacionales, el sector público cuenta con un puente vacacional para estas fechas que sí deberá ser recuperado. Las empresas privadas están en la libertad de acogerse a este recurso.

Entre tanto, en el ámbito nacional como local —indica la Ley de Feriados— se deberán seguir las siguientes normas:

- Se trasladarán al viernes los feriados que coincidan con miércoles, jueves o sábado, como el caso del Día de los Difuntos.

- Se trasladarán al lunes los feriados que coincidan con domingo o martes, como el día de la Independencia de Cuenca.

- Excepción de traslados de feriados son: el 1 de enero, el 25 de diciembre y el martes de Carnaval. Estas fechas serán de descanso sin importar el día en que coincidan.

Para los sectores que no pueden detener sus actividades se establecen las alternativas de turnos rotativos donde se asignarán otros días para el descanso obligatorio, o el pago de esos días trabajados.

Así queda la planificación de los días de asueto en Ecuador, según la Ley de Feriados. Además, el presidente Lenín Moreno puede decretar puentes vacacionales o suspensión de jornadas de trabajo en días que no son de descanso obligatorio, siendo estos recuperables.

FERIADOS NACIONALES 2020
Miércoles 1 de enero Año nuevo (no recuperable)
Lunes 24 y martes 25 de febrero Feriado de Carnaval (recuperable)
Viernes 10 de abril Viernes Santo (no recuperable)
Viernes 1 de mayo Día del Trabajo (no recuperable)
Lunes 25 de mayo Batalla de Pichincha (no recuperable)
Lunes 10 de Agosto Primer Grito de Independencia (no recuperable)
Lunes 2 de noviembre Día de los Difuntos (no recuperable)
Martes 3 de noviembre Independencia de Cuenca (no recuperable)
Viernes 25 de diciembre Navidad (no recuperable)
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