
¿Bajar edad en consentimiento de relaciones sexuales? La propuesta de Santiago Díaz
Asambleísta Santiago Díaz, quien enfrenta denuncia por violación, presentó el proyecto. Legisladores del correísmo apoyaron
Santiago Díaz Asque propuso una reforma legal en la que las relaciones sexuales se consideren consensuadas en menores desde los 14 años. El proyecto de ley fue ingresado al sistema de Gestión Documental, aunque aún no ha sido calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL).
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El documento fue presentado el 3 de julio de 2025 y, conforme a la normativa vigente de la Asamblea, contó con firmas de respaldo. Entre los asambleístas del correísmo que firmaron el apoyo al proyecto figuran Cristina Jácome, Franklin Samaniego, Roque Ordóñez, Nanki Saant, Ledy Zúñiga, Eustaquio Tuala, Patricia Núñez y Aresdely Parrales.
Santiago Díaz incluyó en su propuesta una reforma al artículo 175 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En el numeral 5 de dicho artículo se establece que “en los delitos sexuales, el consentimiento dado por la víctima menor de dieciocho años de edad es irrelevante”.
La modificación propuesta por Díaz Asque planteaba lo siguiente: “En los delitos sexuales, el consentimiento dado por la víctima menor de dieciocho años de edad es irrelevante, excepto en los casos de personas mayores de catorce años que se encuentren en capacidad de consentir en una relación sexual”.
¿Cómo se planteaba definir la capacidad de dicho consentimiento?
En el proyecto se lee que las autoridades competentes —es decir, el fiscal o el juez de adolescentes infractores— además de escuchar a las y los adolescentes y tomar en cuenta seriamente su opinión con base en el principio del interés superior, analizarán las circunstancias de cada caso. Pero también planteó parámetros:
- Que el consentimiento sea otorgado de forma libre, voluntaria, autónoma, sin presiones, violencia, amenazas ni coerción.
- Que el o la adolescente que declare haber consentido en una relación sexual esté en capacidad de hacerlo según su madurez, autonomía progresiva y evolución de facultades.
- La inexistencia de relaciones asimétricas o desiguales de poder o de sometimiento que puedan invalidar dicho consentimiento. Para ello se evaluarán, entre otros aspectos: la diferencia etaria, el sexo, el grado de parentesco, la madurez, la experiencia, la pertenencia a grupos minoritarios, la existencia de discapacidad, el contexto social, económico, cultural y étnico.
- La valoración del consentimiento se efectuará de forma individual, aplicando el principio del interés superior y garantizando el derecho de las y los adolescentes a ser escuchados.
- En los casos en que un adolescente sea considerado sujeto activo por mantener relaciones sexuales con otro u otra adolescente, las autoridades deberán aplicar los principios rectores de la justicia especializada en adolescentes infractores y considerar su diferencia etaria junto con los demás parámetros establecidos.
Actualmente, Santiago Díaz enfrenta un proceso judicial después de que se presentó una denuncia se su contra por la violación de una menor de 12 años. El hecho se conoció la tarde del 8 de julio de 2025 y fue expulsado de su movimiento.
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