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Asamblea tramitara en segundo debate la Ley de Turismo

El proyecto declara como política prioritaria de Estado y de interés nacional a esta actividad. La Ley ha estado relegada en la legislatura desde el 2013.

Referencial.  El Ministerio de Turismo llevará un Registro de Turismo en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en el Ecuador.

El presidente de la Asamblea Nacional, Cesar Litardo convocó para este jueves 17 de octubre de 2019, a las 09:00 a sesión del pleno para tratar en segundo debate el informe del proyecto de Ley de Turismo. El tramite de esta normativa está suspendido desde abril de 2013.

La discusión se lo hará sobre la base del informe presentado por la Comisión de Desarrollo Económico en el cual se declara como política prioritaria de Estado y de interés nacional, la promoción y desarrollo de las actividades turísticas en el Ecuador.

Los principios que regirá a esta actividad son: turismo sostenible, distribución de ingresos, inclusión social, económica y cultural, participación social, coordinación y articulación, descentralización, productividad, calidad, seguridad, infraestructura, conservación, iniciativa privada, participación comunitaria; y, participación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs).

Además, se crea el Consejo Consultivo de Turismo como un organismo asesor de la actividad turística en el Ecuador, sobre los temas que le fueren consultados por el Ministerio de Turismo y estará integrado por: el ministro de Turismo quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; el ministro de Relaciones Exteriores o su delegado; el ministro de Ambiente o su delegado; el presidente de la Federación de Cámaras de Turismo; dos representantes ecuatorianos de las Asociaciones Nacionales de Turismo legalmente reconocidas y de forma alternativa; un representante de la Asociación de Municipalidades del Ecuador; un representante del Consorcio de Gobiernos Provinciales del Ecuador; un delegado del Consorcio de Juntas Parroquiales; y, un representante de la Federación Plurinacional de Turismo Comunitario del Ecuador.

El Ministerio de Turismo seguirá siendo el ente rector de esta actividad y tendrá las siguientes competencias y atribuciones: dirigir el sistema nacional de turismo; regular a nivel nacional la planificación, promoción nacional e internacional, facilitación, información estadística, desarrollo y control del turismo; elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo.

La actividad se divide en: turismo, ecoturismo, agroturismo, turismo científico, turismo histórico-cultural, turismo de aventura, turismo deportivo, turismo social, turismo comunitario, turismo de salud, turismo inmobiliario, turismo accesible, turismo para la conservación, turismo estudiantil; y, otros internacionalmente aceptados con sujeción a la Constitución y la Ley.

Con el objetivo de identificar la oferta de servicios turísticos y definir políticas y acciones que permitan el desarrollo de la actividad, el Ministerio de Turismo llevará un Registro de Turismo en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en el Ecuador.

En la sesión también se debatirá en segunda, el proyecto de ley reformatoria al artículo 3 , numeral 2 de la Ley Orgánica de Servicio Público de Energía Eléctrica. En esta propuesta de Ley se determina que el alumbrado público general comprende los sistemas de alumbrado de las vías públicas, para tránsito de personas y vehículos, incluye también los sistemas de iluminación de acceso y uso público, no cerrados, cubiertos o no, de propiedad pública o comunitaria, ubicados en los sectores urbanos y rurales.