
Audiencia por queja de Daniel Noboa contra Fernando Muñoz tiene fecha: ¿Cuándo será?
El presidente ecuatoriano sostiene que el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) no ha seguir las normas y las leyes
La jueza y presidenta del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ivonne Coloma, definió fecha para la audiencia oral única de pruebas y alegatos de la acción de queja que el presidente ecuatoriano Daniel Noboa presentó en contra del juez electoral Fernando Muñoz.
Según el expediente de la causa, el primer mandatario presentó la acción de queja contra Muñoz en mayo de 2025 alegando que el magistrado electoral habría incumplido con la ley, los reglamentos y las resoluciones del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Aunque Muñoz presentó un incidente de recusación, el mismo fue rechazado por el Pleno del TCE y se ordenó con la continuación de los plazos previstos en la norma y convocar a la audiencia oral única de pruebas y alegatos.

La fecha de la audiencia oral de la queja contra Fernando Muñoz
Una vez superado el incidente de recusación, la jueza y presidenta del TCE, Ivonne Coloma, definió para las 10:30 del 24 de junio de 2025 la audiencia oral única de pruebas y alegatos de la acción de queja presentada por Daniel Noboa en contra de Fernando Muñoz.
En dicha audiencia está previsto que el representante del primer mandatario exponga los argumentos que sostiene su acción de queja, mientras que el magistrado Muñoz presentará su defensa. En caso de que Muñoz sea hallado responsable, puede ser sancionado, según el artículo 270 de la Ley Electoral.
Las sanciones que podría ser objeto el juez Fernando Muñoz
De acuerdo con a gravedad de la falta, que, en el caso del juez Muñoz será determinada por el Pleno del TCE, el servidor electoral podría tener algunas de las siguientes sanciones:
- Multa desde uno hasta treinta salarios básicos unificados
- Suspensión de los derechos de participación hasta por dos años
- Destitución del cargo
No obstante, según el Código de la Democracia, no podrá sancionarse con suspensión de derechos de participación ni con destitución del cargo a los consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE) y a los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!