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En febrero de este año la Asamblea Nacional aprobó la Ley que permite el aborto para casos de violación dentro de unos plazos determinados.archivo

Aborto por violación: Corte Constitucional suspende temporalmente los requisitos

La Corte Constitucional admitió a trámite una Acción de Inconstitucionalidad que busca eliminar el pedido de denuncia para acceder al aborto.

El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional del Ecuador, conformado por los jueces Karla Andrade Quevedo, Alejandra Cárdenas Reyes y Richard Ortiz Ortiz, resolvieron admitir a trámite una acción de institucionalidad presentada en contra del articulo 19 de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción del Embarazo en casos de Violación.

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La demanda fue interpuesta el 30 de septiembre del 2022 por Isabel Iturralde Vera, María Casafont, Suelen Figueroa, miembros del colectivo Magma Galápagos y por dos mujeres más, quienes argumentan que "exigir una denuncia para acceder a un aborto por violación, pone la carga de la detección de la violencia sexual en las víctimas, e irrespeta sus tiempos, mismos que son necesarios para que puedan procesar las experiencias traumáticas vividas, nombrarlas y tomar acciones sobre las mismas”.

Esto, puesto que la ley determina en sus literales que para que se pueda practicar un aborto por una violación, la victima o quien conociera del caso, deberán presentar una denuncia o declaración juramentada.

En ese sentido, los jueces resolvieron acoger el pedido de medida cautelar solicitado con el que queda suspendido la vigencia del articulo 19 de la Ley, en consecuencia, los requisitos para el aborto por violación legal quedan paralizados hasta que se resuelva la acción y se dicte una sentencia.