Restricción de movilidad
Toque de queda: Vuelos en la madrugada y los requisitos para viajar desde Ecuador
El desplazamiento hacia las terminales aéreas está permitido durante el toque de queda si se justifica la ruta con documentación

Aeropuerto de Guayaquil.
Volar durante el toque de queda
- Los pasajeros deben portar el pase de abordar y la cédula para circular en la madrugada.
- La restricción rige de 23:00 a 05:00 en nueve provincias, incluyendo Guayas y Pichincha.
- El Ministerio del Interior descartó emitir salvoconductos para viajeros o empresas.
La restricción de movilidad nocturna que regirá en nueve provincias y cuatro cantones de Ecuador, desde el 3 hasta el 18 de mayo de 2026, contempla una excepción operativa para el sistema aéreo.
Los usuarios con itinerarios programados dentro de la franja de 23:00 a 05:00 podrán trasladarse hacia las terminales aeroportuarias, siempre que presenten los justificativos correspondientes ante los controles policiales en las vías.
Trámites y servicios
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Documentación exigida en los retenes
La medida administrativa excluye la emisión de permisos especiales de circulación. El ministro del Interior, John Reimberg, confirmó que no se emitirán salvoconductos, al argumentar que en procesos anteriores este mecanismo amplió la circulación en lugar de limitarla. En consecuencia, la habilitación para transitar recae exclusivamente en la validación documental in situ.
Para garantizar el arribo a instalaciones como el aeropuerto José Joaquín de Olmedo en Guayaquil o el Mariscal Sucre en Pichincha, las autoridades han establecido un protocolo de verificación. Los pasajeros deberán portar la siguiente documentación:
- El pase de abordar, en formato físico o digital, que valide el vuelo.
- La reserva confirmada o el itinerario emitido por la aerolínea.
- Un documento de identidad vigente.
¿Dónde rige el toque de queda?
El decreto focaliza la intervención nocturna en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. La disposición se extiende a los cantones La Maná, Las Naves, Echeandía y La Troncal. El personal de aviación y de navegación aérea también está exento de la prohibición de tránsito, lo que asegura la continuidad de los servicios de aterrizaje y despegue comercial.