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Diario Expreso Ecuador

Multa por no votar el 29 de noviembre en Ecuador: cuánto se paga y quiénes están exentos

Más de 13 millones de electores están convocados a las urnas el 29 de noviembre. Quienes deban votar y no acudan podrían pagar una multa de $48,20

El CNE habilitó varios canales para que los electores consulten su recinto y junta electoral.

El CNE habilitó varios canales para que los electores consulten su recinto y junta electoral.Archivo Expreso

Valeria Alvear
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Ecuador celebrará sus elecciones seccionales el 29 de noviembre de 2026. La ciudadanía elegirá autoridades locales, entre ellas alcaldes, prefectos y representantes de las juntas parroquiales. En la misma jornada se escogerá a los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). El registro electoral publicado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) contempla a más de 13,8 millones de electores.

Mientras avanza el calendario electoral, los ciudadanos ya pueden consultar dónde les corresponde sufragar. La fecha también plantea una pregunta para quienes no puedan acudir a las urnas: ¿cuánto es la multa por no votar y en qué casos se puede justificar la ausencia?

¿Cómo consultar el lugar de votación?

El CNE habilitó su portal de consulta del lugar de votación. Allí, los electores pueden revisar el recinto que les ha sido asignado para los comicios. La entidad también ofrece esa consulta desde su sección de preguntas frecuentes.

Revisar el dato con anticipación permite identificar el recinto antes de la jornada electoral, especialmente si el ciudadano solicitó un cambio de domicilio en procesos anteriores. Según el CNE, las nuevas solicitudes de cambio de domicilio presentadas después del plazo fijado para estos comicios se aplicarán a elecciones posteriores.

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¿Cuál es la multa por no votar el 29 de noviembre?

Quienes tengan la obligación de sufragar y no lo hagan sin una justificación válida deberán pagar $48,20. El valor corresponde al 10 % del salario básico unificado de 2026, fijado en $482. La sanción por no votar es distinta de las multas previstas para quienes fueron designados miembros de una junta receptora del voto y no cumplen sus obligaciones.

En Ecuador, el voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 65 años. En cambio, es facultativo para quienes tienen entre 16 y 17 años, los mayores de 65, los ecuatorianos que habitan en el exterior, las personas con discapacidad y los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en servicio activo, entre otros grupos previstos en la normativa. Quienes tienen voto facultativo pueden participar, pero no reciben una multa por abstenerse.

No votar sin justificación implica una multa de $48,20, equivalente al 10 % del salario básico unificado de 2026.

No votar sin justificación implica una multa de $48,20, equivalente al 10 % del salario básico unificado de 2026.Cortesía: CNE

¿Quiénes pueden justificar que no votaron?

El CNE contempla causales para justificar la ausencia. Entre ellas constan un problema de salud o impedimento físico acreditado mediante certificado médico; una calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones o hasta ocho días antes; y encontrarse fuera del país durante la votación. También pueden presentar una justificación quienes no pudieron sufragar por mandato legal.

La ausencia debe respaldarse con los documentos correspondientes. Para motivos de salud, el CNE solicita un certificado médico; para acreditar que una persona estuvo fuera del país, contempla registros del pasaporte o un certificado migratorio, según el caso. Las justificaciones se presentan después de la elección, en una delegación provincial electoral. El trámite no tiene costo.

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