
Conductor en estado etílico que manejaba camión de gas fue detenido en Quito
El conductor tenía 2,05 gramos de alcohol por litro de sangre, una cifra que supera los límites legales
Un operativo de control de tránsito realizado el 3 de abril de 2026 en Quito detectó a un conductor que transportaba 76 cilindros de gas en estado de ebriedad.
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Agentes de tránsito metropolitanos interceptaron el vehículo y, tras la prueba de alcoholemia, confirmaron que el conductor tenía 2,05 gramos de alcohol por litro de sangre, una cifra que no solo supera ampliamente los límites legales, sino que resulta especialmente grave al tratarse de un vehículo de carga potencialmente peligrosa.
Según la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), la intervención fue oportuna para prevenir un escenario de alto riesgo en las vías de la capital.
El transporte de gas, por sus características, exige condiciones estrictas de seguridad, y cualquier alteración en la conducción puede tener consecuencias graves.
En febrero pasado, en Puembo, otro conductor de transporte fue detenido en circunstancias similares, con 0,80 gramos de alcohol en la sangre. Aunque menor, el nivel también excedía lo permitido y derivó en su aprehensión.
Una problemática en aumento
Solo en enero, 24 personas fueron aprehendidas en Quito por conducir bajo los efectos del alcohol. Entre esos casos, uno llamó particularmente la atención: un conductor registró casi 7 gramos por litro de sangre, un nivel extremo que multiplica varias veces el límite legal.
🚓 #ControlEnQuito | ¡Cero tolerancia al alcohol! 🥃🚫
— AMTQuito (@AMT_Quito) April 3, 2026
🫸🏼El conductor de un camión que transportaba cilindros de gas fue aprehendido al dar positivo en la prueba de alcotest.
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Con responsabilidad ☀️ #QuitoRenace pic.twitter.com/qQv5jM8DWf
Sanciones establecidas en el COIP
La normativa ecuatoriana establece sanciones progresivas según el nivel de alcohol. Cuando se supera 1,2 gramos por litro, la pena incluye multa equivalente a tres salarios básicos, suspensión de la licencia por 60 días y hasta 30 días de privación de libertad.
En el caso de conductores de transporte comercial o de carga, la regla es más estricta: prácticamente tolerancia cero. El límite permitido es de apenas 0,1 gramos por litro de sangre, una cifra que el conductor detenido sobrepasaba más de veinte veces.
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