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TCE inadmite denuncia contra Pabel Muñoz por resolución del Concejo de Quito
Una excolaboradora del CPCCS presentó la queja. ¿Utilizó como argumento una resolución que tenía relación con la situación de la Revolución Ciudadana?

Pabel Muñoz, alcalde de Quito, durante el programa Frecuencia Quiteña este 20 de julio de 2026.
La tarde del martes 25 de agosto del 2026, Ivonne Coloma, jueza y presidenta del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), inadmitió la denuncia presentada en contra del alcalde de Quito, Pabel Muñoz. Jennifer Alicia Celorio Suárez, excolaboradora de Juan Esteban Guarderas, en el CPCCS, quería que se lo sancione por una resolución del Concejo Metropolitano.
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El 21 de julio de 2026, el Concejo Metropolitano de Quito, encabezado por el alcalde, resolvió "expresar el más enérgico rechazo político e institucional de ese cuerpo colegiado a toda forma de proscripción política o exclusión injustificada de organizaciones políticas".
Lo hizo en referencia a lo ocurrido con la Revolución CIudadana y lo que se intentó hacer con Unidad Popular. Y a la suspensión de Amigo, que albergaría a la RC.
La jueza Coloma advirtió que se configura la causal de incompetencia del órgano jurisdiccional prevista en el numeral 1 del artículo 245.4 del referido cuerpo legal, en concordancia con el numeral 1 del artículo 11 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral.
Esto argumentó la mujer que denunció al alcalde Muñoz ante el TCE
La denunciante dijo que Muñoz interfirió en la Función Electoral. Recordó que en la resolución del Concejo se dijo que esa la proscripción a partidos "constituye una restricción al pluralismo, la participación política y las opciones entre las cuales el pueblo tiene derecho a elegir; derechos que deben ser protegidos con mayor firmeza durante el calendario electoral en el que actualmente nos encontramos".
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Además, en el texto de la resolución No. CDMQ-056-2026 se decidió recordar al Tribunal Contencioso Electoral que la democracia se fortalece con más voces y participación, no eliminando organizaciones ni restringiendo opciones políticas; y que debe garantizarse que sea el pueblo ecuatoriano, mediante su voto libre y soberano, quien decida entre todas las alternativas quiénes deben representarlo.
Así como exhortar a todas las Funciones del Estado, órganos e instituciones públicas a cumplir y hacer cumplir los principios democráticos, respetar la independencia de funciones, el pluralismo político, la participación ciudadana, el debido proceso y la soberanía popular; y a abstenerse de adoptar decisiones que puedan convertirse en instrumentos de persecución o proscripción política.
Y disponer a la Secretaría General del Concejo Metropolitano de Quito que notifique la presente Resolución, para su conocimiento y dentro del ámbito de sus respectivas competencias, a las máximas autoridades de las Funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social; a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, etc.