¿Por qué suspendieron a la asambleísta Ana María Raffo? Detalles de la decisión del CAL
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional suspendió por nueve días a la asambleísta del movimiento Revolución Ciudadana

Ana María Raffo, asambleísta de la Revolución Ciudadana, presentará una acción de protección contra la sanción.
Lo que debes saber
- El CAL sancionó a Ana María Raffo con nueve días sin sueldo tras queja de Janina Rizzo.
- Se señala que Raffo profirió expresiones ofensivas en la Comisión de Soberanía Alimentaria.
- Raffo denuncia falta de debido proceso y califica la medida como una represalia política.
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional resolvió suspender por nueve días, sin remuneración, a la asambleísta Ana María Raffo, del bloque de la Revolución Ciudadana. La sanción se notificó el 22 de julio de 2026 en Quito, luego de que la legisladora Janina Rizzo, de la bancada de ADN, presentara una queja administrativa por una presunta ofensa verbal emitida en su contra durante una sesión de la Comisión de Soberanía Alimentaria.
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Sanción contra la asambleísta Ana María Raffo
La resolución, notificada el 22 de julio de 2026, señala que la asambleísta Ana María Raffo incurrió en una falta administrativa grave al violar la normativa interna del parlamento.
Los fundamentos legales normativos aplicados por el CAL para sancionar a la legisladora de la Revolución Ciudadana contemplan:
- Numeral 1 del artículo 170 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
- Numeral 1 del artículo 5 del Reglamento para el Trámite de las Faltas Administrativas.
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Los motivos de la queja planteada por Janina Rizzo
Ana María Raffo fue sancionada, específicamente, por haber proferido "una expresión verbal ofensiva, directa e individualizada" contra la asambleísta Janina Rizzo durante una sesión de la Comisión de Soberanía Alimentaria, de la cual Rizzo forma parte y preside.
En su denuncia, Janina Rizzo argumentó los siguientes puntos:
- Señala que Raffo la tildó de "sinvergüenza".
- Sostiene que dicha expresión no constituye una manifestación de discrepancia política.
- Asegura que la palabra tiene una "connotación objetivamente deshonrosa, en tanto atribuye a las personas aludidas una conducta inmoral o vinculada a actos ilegales, sin sustento alguno y en un contexto institucional".
Descargos y postura de Ana María Raffo ante el CAL
Por su parte, la asambleísta Ana María Raffo sostiene que la decisión adoptada por el CAL constituye una represalia. Según explicó la legisladora, el origen de la disputa se remonta al 10 de junio de 2026, fecha en que la Comisión de Soberanía Alimentaria terminó de forma abrupta una sesión y dejó plantados a agricultores que esperaban ser escuchados por la mesa legislativa.
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Cuestionamientos al procedimiento y falta de pruebas
Respecto a la denuncia presentada por la legisladora de ADN, Ana María Raffo expuso las siguientes irregularidades y reclamos:
- Retrasos en la comisión: Afirma que la sesión del 10 de junio comenzó 48 minutos después de la hora prevista, tiempo que la mesa legislativa "prefirió desperdiciar en lugar de atender a los ciudadanos".
- Falta de notificación: Denuncia que la Secretaría General de la Asamblea Nacional no le notificó ni le corrió traslado de un documento presentado de forma sorpresiva por Janina Rizzo, a su criterio, con la "clara intención de excluir las pruebas" a su favor.
- Exclusión de testimonios: Sostiene que el CAL excluyó toda la prueba testimonial que presentó como descargo dentro del trámite de la queja administrativa.