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Diario Expreso Ecuador

Partidos políticos van a elecciones seccionales con la amenaza de desaparecer

Reforma de 2025 plantea nueva condición para cancelación de partidos políticos en Ecuador. Esta vez, basta un proceso para lograr mínimo de votos

Los partidos políticos que no logren obtener la votación establecida en la Ley Electoral podrían ser borrados del registro de organizaciones del CNE.

Los partidos políticos que no logren obtener la votación establecida en la Ley Electoral podrían ser borrados del registro de organizaciones del CNE.Foto: Flickr CNE

Daniel Alejandro Romero Páez

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Las claves que debes conocer

  • CNE cancelará partidos sin mínimo de votos en una elección por reforma.
  • Alianzas 2026: ley reparte votos por igual y afecta estrategias de partidos.
  • 235 organizaciones arriesgan registro si no logran 5% o cargos.

Esta vez ya no habrá tarjeta amarilla. En las elecciones seccionales de 2026, las organizaciones políticas no solo se jugarán la posibilidad de alcanzar una dignidad local, sino también su permanencia en el registro permanente del Consejo Nacional Electoral (CNE).

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ADN y correísmo se unieron contra partidos

Al inicio del actual período legislativo, ADN y el correísmo coincidieron en un punto: reformar el Código de la Democracia para fortalecer a los grandes partidos. 

No solo modificaron el método de asignación de escaños, que favorece a las mayorías, sino que también establecieron que un movimiento político puede ser cancelado tras un solo proceso electoral si no cumple con el mínimo de votación o de autoridades electas.

Esa reforma se aplicará por primera vez en los comicios seccionales de 2026. Los cambios a la ley electoral fueron aprobados en junio de 2025 y entraron en vigencia ese mismo año. Las modificaciones se tramitaron en la Comisión de Justicia y, en su momento, ADN argumentó que buscaban depurar el sistema de organizaciones políticas que, para entonces, sumaban cerca de 235.

A poco más de dos meses de que se abra el plazo para la inscripción de candidaturas, esta modificación cobra relevancia porque los movimientos y partidos políticos podrían estar disputándose no solo alcaldías, prefecturas y concejalías, sino también su futuro político.

La votación que necesitan los partidos

Actualmente, la Ley Electoral establece que el CNE puede cancelar una organización de ámbito nacional si no obtiene el 5% de los votos válidos en una elección pluripersonal de carácter nacional; al menos el 8% de las alcaldías; o un concejal en cada uno de, por lo menos, el 10% de los cantones del país.

El detalle está en que antes de julio de 2025, la normativa señalaba que un partido político podía ser cancelado únicamente si incumplía alguno de esos requisitos en dos elecciones pluripersonales consecutivas.

Además, el porcentaje mínimo para las organizaciones nacionales subió del 4% al 5%. En el caso de los movimientos locales, la ley determina que podrían ser cancelados si no alcanzan el 5% de los votos válidos en una sola elección dentro de su jurisdicción.

El experto en temas electorales Daniel González explica que cualquiera de las tres condiciones establecidas en el Código de la Democracia permitiría a las organizaciones políticas mantenerse vigentes. “Claro que los movimientos políticos pueden hacer alianzas para que el CNE pueda cuantificar los porcentajes”, señala.

Partidos ven riesgo en alianzas

En ese escenario, las organizaciones políticas ya delinean sus estrategias. Sin embargo, las primeras conclusiones apuntan a una posible afectación de las alianzas electorales. Javier Orti, de Avanza, y Alfredo Serrano, del Partido Social Cristiano (PSC), cuestionan la reforma relacionada con la distribución del porcentaje de votación entre los integrantes de una coalición electoral.

Orti recuerda que antes el porcentaje correspondiente a cada integrante se establecía en el acuerdo de alianza. Ahora, la normativa dispone que ese porcentaje se reparta en partes iguales. En ese sentido, Serrano sostiene que la nueva fórmula resulta problemática porque existen movimientos que, en la práctica, aportan menos de lo que terminarían recibiendo con una distribución igualitaria.

Para González, en cambio, la reforma busca garantizar igualdad entre los integrantes de una coalición. “Así, si hay una organización política más fuerte que, a lo mejor, quiera llevarse todo el porcentaje, (eso) no ocurra”, añade el experto.

Serrano también menciona un aspecto relevante: el impacto de la modificación sería mayor para las organizaciones políticas nacionales que para las locales. “El conseguir el 5% de votos válidos en su propia jurisdicción no es difícil”.

Actualmente, el registro permanente del CNE contiene 235 organizaciones políticas, que se distribuyen así:

  • 16 partidos y movimientos de ámbito nacional
  • 67 organizaciones provinciales
  • 138 cantonales
  • 14 parroquiales

Con la norma vigente, la cancelación de organizaciones políticas cobra relevancia después de que el CNE, con la entonces presidenta Diana Atamaint a la cabeza, eliminó del registro permanente a Construye e intentó lo mismo con Unidad Popular.

Sin embargo, para movimientos como Revolución Ciudadana la suerte podría ser distinta. Esa organización fue suspendida. En la práctica eso significará que no podrá participar en las seccionales. El correísmo ha confirmado que ya tiene un movimiento que los auspiciará, pero en el CNE quedará el futuro de la lista 5.

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