Operaciones de EE. UU. requieren un marco legal más sólido
Operaciones de fuerzas estadounidenses abren dudas sobre su alcance. Falta de protocolos y pruebas deja al Estado ante el reto de garantizar el debido proceso

EE. UU. interceptó Conquista II en altamar por sospechas de narcotráfico
Lo que debes saber
- 2 de septiembre: EE. UU. interceptó Conquista II en altamar por sospechas de narcotráfico
- Manta: 28 pescadores fueron liberados el 5 de septiembre por falta de sustento judicial
- Operaciones de EE. UU. reabren debate sobre marco legal y pruebas en Ecuador
El 2 de septiembre, el barco pesquero Conquista II fue interceptado por agentes estadounidenses a más de 200 millas náuticas de nuestras costas. De su tripulación, 9 pescadores fueron capturados y llevados a puerto, mientras que otros 8 fueron encontrados después en altamar por guardacostas ecuatorianos, luego de haber logrado evadir a los militares norteamericanos.
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El día siguiente, otro pesquero, el OM2, fue destruido a 83 millas náuticas del puerto de Manta, fuera del mar territorial ecuatoriano, pero todavía dentro de nuestra zona económica exclusiva.
Todos sus 19 tripulantes fueron regresados a salvo, a diferencia de lo que pasó en enero con los 8 tripulantes desaparecidos del Fiorella, embarcación interceptada por fuerzas aún no oficialmente identificadas, pero que se presume que operaron bajo la égida de la inteligencia de los Estados Unidos.
Pescadores liberados y cuestionamientos al Estado
El 5 de septiembre, los 28 pescadores detenidos fueron dejados en libertad por un juez de Manta. Su historia es también la de decenas de otros cuyas naves, 6 en total, han sido abordadas y hundidas por tropas estadounidenses en coordinación con la Armada Nacional desde agosto.
Tan solo unos días después, otros 28 pescadores del Montecristi y del Don Rufo fueron liberados por una jueza de Galápagos. Otra treintena de pescadores también han sido devueltos a sus hogares. En conjunto, no todos han corrido con la misma suerte, ya que a algunos solo les fue otorgada la libertad condicional.
Pero hay una realidad común: el Estado ecuatoriano no ha podido justificar a nivel jurídico las acciones realizadas contra sus propios ciudadanos, navegando bajo nuestra bandera, por fuerzas extranjeras en altamar.
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Gabriela Alejandra Echeverria Vásquez
El acuerdo que respalda las operaciones
Esto no quiere decir que las operaciones sean simple y llanamente ilegales ni mucho menos. A diferencia de lo que aconteció con el Fiorella, la Negra Francisca Duarte II y el Don Maca, estas acciones no pueden ser clasificadas como clandestinas.
Todo lo contrario: han sido públicas y realizadas bajo el marco del “Acuerdo entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América Relativo a Operaciones Contra Actividades Marítimas Transnacionales Ilícitas”, firmado por el gobierno de Guillermo Lasso y sacramentado con la venia de la Corte Constitucional durante la administración del presidente Daniel Noboa.
Lo que permite el acuerdo entre Ecuador y Estados Unidos
Este instrumento faculta a las fuerzas estadounidenses, en particular a su Guardia Costera, a miembros de otras ramas militares y a agentes del Departamento de Justicia de actuar dentro y fuera de nuestras aguas contra embarcaciones que lleven nuestra bandera y que se encuentren inmersas en actividades sospechosas, siempre y cuando lo hagan desde naves que cuenten con la presencia de un funcionario de nuestra Armada, el cual puede coordinar o entregar la autorización pertinente.
Su articulado contempla una serie de minucias operacionales sobre la persecución e intercepción de un bote sospechoso dependiendo de su ubicación y dirección, pero no contempla de lleno el tratamiento de las embarcaciones ni el procedimiento adecuado en pro del procesamiento de quienes fueren abordados y detenidos en base a las sospechas de las autoridades.

Diez pescadores aparecieron tras alejarse del sitio donde fue intervenido el Don Rufo.
El vacío jurídico tras las detenciones
Dicho de otro modo, no hay o no se conoce de protocolo alguno que gobierne el desarrollo de estas operaciones de cara a nuestro sistema de justicia. Quizá eso no deba incluirse explícitamente ahí, pero debe al menos existir a la par de ese acuerdo.
Si no, nos encontramos precisamente en estas circunstancias en las que pescadores ven su medio de trabajo volar por los aires y son llevados en esposas ante los jueces sin mayor prueba contra ellos. Esto ni es justo ni se presta al debido control civil que se requiere de las operaciones militares en cualquier país democrático.
Las pruebas que siguen pendientes
Es cierto que las autoridades estadounidenses y ecuatorianas han hablado de tener evidencias de que estos barcos pesqueros han servido de estaciones de reabastecimiento en altamar para los narcotraficantes, pero no hemos visto casi nada que lo respalde.
¿Dónde están las imágenes de los barcos sin pescado o de los tanques de combustible modificados? ¿Dónde está el miembro de los GDO, en tierra o a bordo, que los dirige?
La necesidad de fortalecer el marco legal
Lo más conveniente sería involucrar en estas operaciones a funcionarios bien equipados para levantar las pruebas necesarias con las que llevar adelante los procesos judiciales respectivos contra los pescadores. Tales deberían derivar en dos cosas: la cárcel o fuertes indemnizaciones y disculpas públicas.
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La falta de regulaciones y procedimientos jurídicos adecuados no son exclusivos de estos casos ni de la Armada: hace poco salió de la Comandancia General de la Fuerza Aérea el teniente general Mauricio Xavier Salazar Machuca, quien días atrás había hecho público su malestar por el deficiente marco legal con el que operan los militares estadounidenses apostados en la Base Aérea de Taura. Su reclamo y el de los pescadores no es nada más que lo razonable.