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Diario Expreso Ecuador

¿La nueva ley de extradición aplica para todos los delitos? Esto dice la norma

Solo determinados casos podrán ser objeto de entrega internacional. La regulación fija excepciones, nuevos plazos y requisitos para nacionales y extranjeros

La nueva Ley Orgánica de Extradición fija límites y excepciones para la entrega de personas requeridas por otros países.

La nueva Ley Orgánica de Extradición fija límites y excepciones para la entrega de personas requeridas por otros países.Cortesía

Marco Rivera
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Lo que debes saber

  • No todos los delitos entran en la nueva Ley Orgánica de Extradición. 
  • La norma solo alcanza hechos posteriores a mayo de 2024 y mantiene prohibiciones por pena de muerte, tortura o persecución política.
  • También reduce los plazos del trámite y deja la decisión final en manos del Ejecutivo.

La nueva Ley Orgánica de Extradición aprobada por la Asamblea Nacional no se aplicará a todos los delitos ni a todos los procesos pendientes. El texto establece límites temporales, exclusiones específicas y garantías que condicionan cuándo Ecuador puede entregar a una persona requerida por otro país.

El primer filtro es la fecha del delito. Los ciudadanos ecuatorianos solo podrán ser extraditados por hechos cometidos desde el 9 de mayo de 2024, día en que entró en vigor la reforma constitucional aprobada en el referéndum de abril de ese año. Los delitos anteriores quedan fuera del alcance de la nueva normativa.

La ley también excluye ciertos casos por razones de derechos humanos y protección constitucional. Ecuador negará la extradición cuando la persona enfrente pena de muerte, tortura o tratos crueles en el país solicitante, o cuando existan indicios de persecución por motivos políticos, religiosos, de género o de origen étnico.

Qué delitos sí quedan bajo el nuevo régimen

La normativa sí permite la extradición por delitos comunes y transnacionales cometidos después de mayo de 2024. Entre ellos pueden incluirse hechos relacionados con narcotráfico, lavado de activos, crimen organizado y otras conductas perseguidas por sistemas judiciales extranjeros.

Además, la ley aclara que el terrorismo y los crímenes de lesa humanidad no podrán presentarse como delitos políticos para evitar una entrega. Con ello, esas conductas quedan expresamente fuera de las protecciones que históricamente impedían algunas extradiciones.

Para los extranjeros que permanezcan en Ecuador, el régimen también se endurece. Si son requeridos por delitos transnacionales podrán ser extraditados y, si cometen delitos en territorio ecuatoriano, las reformas de movilidad humana disponen su expulsión y la prohibición de regresar por 40 años.

Plazos más cortos y decisión final del Ejecutivo

Otro cambio central es la reducción de los tiempos del trámite. El proceso completo tendrá un máximo de tres meses, mientras que el país requirente dispondrá de 60 días para presentar la solicitud formal y 30 días adicionales para ejecutar el traslado.

La Corte Nacional de Justicia seguirá revisando la legalidad de cada pedido, pero su pronunciamiento no será definitivo. La decisión final continuará en manos del Presidente de la República, quien podrá aceptar o negar la entrega considerando seguridad nacional, orden público y reciprocidad entre Estados.

La reforma también modifica el Código Orgánico Integral Penal (COIP). La caducidad de la prisión preventiva quedará suspendida mientras dure un proceso de extradición en el exterior y, para los casos vinculados exclusivamente a este trámite, se fijan límites de entre seis meses y un año.

Cuándo Ecuador puede rechazar una solicitud de extradición

La ley mantiene varias barreras para impedir entregas automáticas. Ecuador podrá negar una solicitud cuando el delito sea estrictamente político, cuando existan riesgos graves para la integridad de la persona requerida o cuando la entrega contradiga la Constitución y los tratados internacionales vigentes.

Con estas reglas, la nueva legislación no crea una extradición universal para cualquier delito. Su aplicación depende del tipo de infracción, la fecha en que ocurrió y las garantías que pueda ofrecer el Estado que solicita la entrega.

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