Suspensión de derechos políticos a Javier Pincay: TCE analiza recurso contra resolución del CNE
El recurso es en contra de la negativa del CNE a su impugnación a la actualización del registro electoral con la suspensión de sus derechos políticos

Javier Pincay fue sancionado por el TCE en 2023 por no asistir al debate electoral.
Lo que debes saber
- Javier Pincay interpone recurso en el TCE tras rechazo del CNE.
- Ivonne Coloma tramita apelación y exige aclarar el recurso.
- CNE defiende vigencia de la suspensión de derechos políticos.
El alcalde de Portoviejo, Javier Pincay, presentó un recurso subjetivo contencioso electoral ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para revertir la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), organismo que ratificó la suspensión de sus derechos políticos y rechazó la impugnación a la actualización del padrón electoral.
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El expediente detalla que el primer personero municipal interpuso la acción jurídica el 27 de mayo de 2026. El trámite se asignó formalmente a la presidenta del organismo de justicia electoral, la jueza Ivonne Coloma.
La magistrada dictaminó un plazo de dos días para que el burgomaestre aclare y complete los fundamentos de su comparecencia de forma precisa.
De igual manera, el Consejo Nacional Electoral dispone del mismo tiempo para remitir el expediente íntegro, complementado con los informes técnicos y jurídicos que sustentaron la negativa inicial al funcionario.
La postura del CNE sobre el registro electoral
La pugna legal sumó un capítulo determinante el 25 de mayo de 2026, fecha en la que el pleno del CNE rechazó el reclamo del alcalde y validó la vigencia de la sanción en la base de datos electoral.
La actualización del padrón se ejecutó de forma oficial el pasado 20 de mayo de 2026, en cumplimiento directo de las disposiciones emitidas por el TCE y el Ministerio del Trabajo. Dicho dictamen ratifica que la penalización impuesta en el año 2023 se mantiene pendiente de ejecución.
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Argumentos de la defensa técnica de Pincay
Por su parte, la defensa de Pincay sostiene lineamientos contrarios a la ejecución del organismo electoral:
- Plazos vencidos: El abogado Roosevelt Cedeño argumentó en declaraciones para Manavisión que el tiempo de la sanción ya concluyó.
- Temporalidad de la medida: La defensa afirma que la suspensión estipulada era de dos años y que dicho período ya se reflejó en los registros del sistema.
- Restitución inmediata: Los juristas señalan que los derechos políticos no pueden permanecer suspendidos de manera indefinida.
"No hay argumento que implique que por un juez el CNE ejecute algo que es evidentemente irracional. La sanción es de dos años y en sus registros estuvo suspendido dos años", señaló Cedeño.