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Diario Expreso Ecuador

ELECCIONES SECCIONALES 2026

CIDH pide trato igualitario y garantías judiciales para las elecciones seccionales 2026 en Ecuador

La Comisión señaló hechos graves como el cambio del calendario electoral y la suspensión de organizaciones políticas previo a las elecciones seccionales

La CIDH cuestionó los cambios repentinos en el escenario electoral a vísperas de las seccionales de 2026.

La CIDH cuestionó los cambios repentinos en el escenario electoral a vísperas de las seccionales de 2026.Cortesía: CNE.

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado ecuatoriano asegurar condiciones de pluralismo e igualdad para las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026.
  • El adelanto de los comicios por posibles efectos del fenómeno de El Niño redujo los plazos para elecciones internas y registro de candidaturas.
  • La CIDH da seguimiento a las decisiones jurisdiccionales y administrativas que afectan la personería de movimientos políticos, así como a las amenazas contra jueces electorales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) demandó al Estado ecuatoriano garantizar una participación política plural e igualitaria de cara a las elecciones seccionales de 2026. El organismo internacional instó a asegurar que toda resolución judicial o administrativa que incida en la contienda cuente con las debidas garantías, motivación jurídica y acceso a recursos efectivos, tras los cambios en el calendario electoral y la suspensión temporal de varias organizaciones políticas.

Adelanto del calendario electoral y fallo constitucional

Las elecciones de 2026 definirán prefecturas, viceprefecturas, alcaldías, concejalías, juntas parroquiales y a los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Aunque la votación estaba programada originalmente para febrero de 2027, el Consejo Nacional Electoral (CNE) adelantó la fecha el 27 de marzo de 2026 debido a un informe de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos sobre el fenómeno de El Niño.

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Esta modificación recortó los tiempos de precampaña e inscripción, derivando en reclamos de agrupaciones políticas. No obstante, el 11 de agosto de 2026, la Corte Constitucional de Ecuador inadmitió siete acciones públicas de inconstitucionalidad por considerar que los cargos formulados carecían de claridad, certeza, pertinencia y especificidad. Al no existir un pronunciamiento de fondo por razones de forma, la fecha del 29 de noviembre se mantuvo en firme.

La CIDH observó el cambio del calendario electoral por la alerta del fenómeno de El Niño.

La CIDH observó el cambio del calendario electoral por la alerta del fenómeno de El Niño.CNE

Suspensiones y trámites sobre organizaciones políticas

El organismo regional detalló las medidas dictadas por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y el CNE que han alterado el panorama electoral:

  • Revolución Ciudadana: Suspendida provisionalmente por nueve meses en el registro de organizaciones políticas desde el 6 de marzo de 2026 (causa Nro. 029-2026), a pedido de la Fiscalía General del Estado por el artículo 374, numeral 3, del Código de la Democracia.
  • Movimiento Amigo: Suspendido provisionalmente el 17 de julio de 2026 por nueve meses tras ser anunciado como plataforma de auspicio para candidaturas de Revolución Ciudadana.
  • Unidad Popular y Construye: El CNE canceló su personería el 26 de abril de 2026 por presunto déficit de afiliaciones. El 3 de junio, el TCE revocó la sanción a Unidad Popular ordenando una nueva revisión, mientras que Construye siguió un trámite independiente.

Seguridad de los jueces electorales y garantías del debido proceso

El Estado reportó que el magistrado a cargo de la causa Nro. 029-2026-TCE recibió amenazas de muerte, hecho que se encuentra bajo investigación de la Fiscalía General del Estado.

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Al respecto, la CIDH condenó todo acto de intimidación contra operadores de justicia e insistió en la independencia judicial y electoral:

"Las actuaciones con efectos sobre la contienda electoral, incluidas las suspensiones dispuestas en sede jurisdiccional, los procedimientos sancionatorios y las cancelaciones de personería jurídica, deben adoptarse con estricto apego a las garantías del debido proceso, a la debida motivación y al acceso a un recurso judicial efectivo".Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Por su parte, el TCE sostuvo que la suspensión de agrupaciones se ejecuta a requerimiento fiscal en investigaciones por presunto lavado de activos y no por oportunidad política, mientras que el CNE afirmó haber actuado dentro del marco constitucional.

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