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Diario Expreso Ecuador

Elecciones ecuador 2026

Cambio de fecha de las elecciones seccionales es legal: TCE niega impugnación del PSC

El juez Patricio Maldonado concluyó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) adelantó las elecciones seccionales por "razones técnicas"

El Consejo Nacional Electoral, presidido por Diana Atamaint, resolvió adelantar las elecciones seccionales por una alerta climática de la Secretaría de Riesgos.

El Consejo Nacional Electoral, presidido por Diana Atamaint, resolvió adelantar las elecciones seccionales por una alerta climática de la Secretaría de Riesgos.CUENTA X DIANA ATAMAINT

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • El juez Patricio Maldonado del TCE negó el recurso del PSC y validó el cambio de fecha de las elecciones.
  • La sentencia confirma que la posesión de autoridades locales se mantiene para el 14 de mayo de 2027.
  • El sufragio se adelanta al 29 de noviembre de 2026 para evitar riesgos climáticos por El Niño.

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Patricio Maldonado, negó el recurso subjetivo contencioso electoral presentado por el Partido Social Cristiano (PSC) contra la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de adelantar las elecciones seccionales de 2027 por un supuesto riesgo climático. Según Maldonado, el órgano electoral actuó de forma técnica y motivada.

La decisión del CNE es legal y fundamentada

De acuerdo con la sentencia, el CNE goza de atribuciones organizativas que incluyen la facultad de planificación estratégica de las elecciones, por lo que la actualización del calendario de las seccionales no constituye una reforma a la normativa electoral vigente, como impugnó el asambleísta y presidente del PSC, Alfredo Serrano, en su recurso.

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Asimismo, el magistrado Maldonado determinó que la resolución adoptada por el CNE, con base al informe de la Secretaría de Riesgos, contiene una exposición clara de los hechos, identifica el marco normativo aplicable y establece un nexo causal coherente.

Cambio de fecha no altera periodos ni funciones

El juez Maldonado señala en su sentencia que la modificación del calendario electoral tampoco altera los periodos de funciones ni las fechas de posesión de las autoridades locales. De hecho, hizo dos precisiones sobre los términos:

  • Sufragio es el momento de la expresión popular en las urnas.
  • Elección es el proceso integral, que abarca desde la convocatoria a elecciones hasta la investidura de las autoridades electas.

"Si bien la jornada de sufragio se ha trasladado para el 29 de noviembre de 2026, la planificación técnica determinó que la fase de proclamación de resultados y entrega de credenciales concluirá el 13 de febrero de 2027. Este diseño cronológico garantiza de forma efectiva que el hito de posesión establecido en el precitado artículo 91 se mantenga incólume para el 14 de mayo de 2027", señala la sentencia del juez Maldonado.

Juez dice que el CNE es "garante" de la democracia

En ese sentido, el magistrado concluyó que "el Consejo Nacional Electoral actuó como garante de la democracia al priorizar la protección de los derechos de participación frente a una situación debidamente documentada en informes técnicos. La reprogramación del calendario electoral se configura como una medida dirigida a proteger y maximizar el ejercicio del derecho al voto, asegurando su efectividad en todo el territorio nacional".

El origen del conflicto y procesos pendientes

El 27 de marzo de 2026, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió adelantar las elecciones de 2027 por un supuesto riesgo de un fuerte Fenómeno de El Niño alertado por la Secretaría de Riesgos. Las votaciones de las seccionales pasaron del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026.

Además del recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el Partido Social Cristiano (PSC) presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, que aún está pendiente de resolución.

Por otro lado, aunque el TCE inadmitió la impugnación presentada por el movimiento Revolución Ciudadana en contra del cambio de fecha de las seccionales, los asambleístas del correísmo anunciaron que también presentarán una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte.

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