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Rafael Oyarte | Asilo

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¿Podemos esperar, en cambio, que al fin se ponga coto a la concesión de asilos a delincuentes comunes? Difícil tarea

El asilo diplomático se obtiene, de modo general, en embajadas, consulados y residencias de los representantes de las naciones en el exterior, las cuales son inviolables, así como el asilo territorial, que se logra ingresando al país en el que se busca su otorgamiento. Esta institución, destinada a dar protección a los perseguidos arbitrariamente o por razones políticas, está sometida a permanentes polémicas, pues la calificación de un delito como ‘político’ corresponde al Estado asilante y, si bien no procede por delitos comunes ni a desertores de las fuerzas armadas, se lo puede otorgar si el asilante concluye que la persecución se motiva, claramente, en razones de carácter político, por lo que no está obligado a indicar las razones por las que lo concede o lo niega, lo que es el punto de partida de las disputas entre las naciones involucradas.

El asilo diplomático es esencialmente temporal y urgente, por lo que el asilado debe salir del país con las correspondientes seguridades por parte del Estado territorial, para lo cual debe conceder el salvoconducto: el predicamento es que no se establecen plazos máximos para otorgarlo, lo que ha provocado prolongaciones indebidas y las consecuentes tensiones entre los involucrados. El Estado asilante no está obligado a radicar al asilado en su territorio una vez efectuada su salida del país, pero no puede devolverlo a ese Estado. Otorgado el asilo territorial, no procede la extradición por los delitos cuya persecución fue concedida la salvaguardia, debiéndose tener presente que, en caso de delitos comunes, no cabría la protección y, por tanto, la extradición no se excluye, quedando aquello en manos de los tribunales.

Hay naciones que, aprovechando la inviolabilidad de las sedes diplomáticas, mantienen a perseguidos judicialmente en calidad de ‘huéspedes’ y luego asilan a delincuentes comunes, especialmente en los extendidos casos de corrupción que se ven en nuestros países, así como hay Estados que ocultan una persecución política encubriéndola en procesos judiciales.

No hay que ser tan cándidos en creer que Ecuador no va a ser condenado por violar la sede mexicana, pues ninguna nación quiere precedentes que pongan en peligro sus locales en el extranjero. ¿Podemos esperar, en cambio, que al fin se ponga coto a la concesión de asilos a delincuentes comunes? Difícil tarea.