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Cambios en la norma de cálculo para pago de pensiones

Verdaderamente los asambleístas quedan debiendo al país en su totalidad, ya que la violación de los derechos de los servidores y trabajadores para el caso del cálculo de las pensiones jubilares fue efectivizado en septiembre de 2017, y recién se enteran de esta violación.

El artículo 32 de la Ley de Seguridad Social habla de las atribuciones y deberes del Director General, entre los cuales NO está el modificar la ley de seguridad social, porque esto es deber de la Asamblea, pero ni la famosa comisión de los derechos de los trabajadores y la seguridad social se dio por enterada de esta anomalía, que ahora tratan de remediar, pero según las declaraciones de estos asambleístas, dicha violación seguirá ocurriendo.

Hablan de la modificación que se dio ilegalmente, al cambiar la fórmula para el cálculo aritmético por uno geométrico para las pensiones jubilares.

Pero solo hablan de modificar esta fórmula para que los futuros jubilados cobren con la fórmula aritmética, lo que sería una tremenda ilegalidad y un despropósito, ya que se vería que esta ley, con la fórmula aritmética, estuvo vigente hasta agosto de 2017 y desde la reforma futura en adelante. ¿Qué pasará con el periodo septiembre 2017 hasta cuando se reforme la ley?

Señores, se deberá en una disposición transitoria subsanar esta violación, autorizando al IESS para que en un plazo no mayor a 45 días se hagan los recálculos de las pensiones mal calculadas del periodo detallado.

Recuerden, asambleístas, que una reparación de violaciones a los derechos a destiempo no es reparación, se han tomado más de tres años para tratar de solucionar esto; ¡hagan su trabajo bien y háganlo a tiempo!

Francisco Alcívar Villegas