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Diario Expreso Ecuador

Justicia

Informe recomendó destituir al juez del caso Goleada, pero la Judicatura impuso la sanción más leve

El Pleno se apartó del criterio técnico, que recomendó la destitución del juez Jairo García por manifiesta negligencia. Solo lo suspendió por 30 días

La Fiscalía busca incluir a la esposa y madre de Aquiles Álvarez, tres personas más y nueve empresas a la investigación por el caso Goleada.

La Fiscalía busca incluir a la esposa y madre de Aquiles Álvarez, tres personas más y nueve empresas a la investigación por el caso Goleada.Foto: Cortesía

Sara Ortiz
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El juez del caso Goleada, Jairo Alejandro García Mosquera, se salvó de la destitución por segunda vez. No fue separado de su cargo pese a que un informe disciplinario recomendó esa sanción por una actuación que el propio Consejo de la Judicatura calificó como manifiesta negligencia, es decir, una falta disciplinaria gravísima.

Como ya es público, el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió el pasado 21 de agosto de 2026 suspenderlo durante 30 días, sin remuneración, por su actuación dentro de una causa por tráfico ilícito de armas que involucra a alias Topo, un lugarteniente de alias Fito. 

Más detalles del expediente salen a la luz

Sin embargo, este 27 de agosto se conocieron más detalles del proceso disciplinario. El expediente disciplinario MOTP-0825-SNCD-2026-CL

detalla el criterio técnico que llegó al Pleno: el área disciplinaria de la Dirección Provincial de Pichincha había recomendado la destitución del magistrado. Pero los vocales, sin embargo, se apartaron de esa recomendación y optaron por una sanción mucho menor.

El Pleno consideró que existían circunstancias atenuantes, entre ellas la ausencia de sanciones disciplinarias previas y el hecho de que la conducta cuestionada no produjo consecuencias irreparables dentro del proceso penal. Con esos argumentos, descartó la destitución y fijó una suspensión de apenas 30 días. 

El pleno aplicó la sanción más leve

El Pleno no aplicó siquiera una suspensión de 90 días, una sanción más severa que se usa en las faltas gravísimas. Simplemente, optó por el periodo mínimo de suspensión dentro de la decisión.

De hecho, el mismo Consejo de la Judicatura ya salvó a García de otra sanción por el caso Fachada, en noviembre de 2025. Él fue uno de los tres magistrados allanados por la Fiscalía como parte de una investigación sobre presuntos beneficios otorgados desde la Judicatura a alias Gerente, cabecilla de los Comandos de la Frontera. Tras el allanamiento, la Judicatura tardó 80 días en suspenderlo sin sueldo y, finalmente, resolvió no destituirlo.

El error que llevó al expediente disciplinario

El expediente se originó a partir de una resolución de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Orellana, que determinó la existencia de presunta manifiesta negligencia en la actuación de García dentro de la causa penal 22252-2025-00063, por tráfico ilícito de armas de fuego.

El juez asumió el conocimiento del proceso el 25 de marzo de 2025, después de que otro magistrado se inhibiera por razones de competencia territorial.

El problema surgió porque García tenía pendientes dos asuntos centrales: una apelación contra la prisión preventiva de Darío Javier Peñafiel Nietom alias Topo, y la definición de su propia competencia para conocer la causa.

La apelación contra la prisión preventiva había sido presentada el 18 de marzo de 2025. La defensa del procesado insistió después ante el juez para que impulsara el trámite y resolviera las dudas sobre su competencia. Pese a esos pendientes, García continuó con la causa. Emitió providencias, impulsó la instrucción fiscal y convocó a la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio.

Finalmente, el 6 de mayo de 2025, durante esa audiencia, el juez se inhibió del conocimiento del proceso y remitió el expediente otra vez a Orellana.

Para la Sala que examinó su actuación, la demora generó incertidumbre jurídica, afectó la celeridad procesal y dejó sin resolución durante varias semanas un recurso relacionado con la libertad de una persona sometida a prisión preventiva.

Se confirmó la vulneración a los derechos

Según el informe, García conocía tanto la existencia de la apelación contra la prisión preventiva como los cuestionamientos sobre su competencia territorial. A pesar de ello, continuó con la sustanciación de la causa durante más de un mes antes de declararse incompetente.

La conducta afectó, según el análisis del organismo, principios de tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica y debida diligencia.

El problema no fue, por tanto, una simple demora administrativa. El expediente disciplinario concluyó que el juez omitió actuar de forma oportuna ante un recurso relacionado con la libertad de una persona y, al mismo tiempo, continuó con el trámite de una causa cuya competencia estaba cuestionada.

Ese fue el motivo por el cual el informe disciplinario recomendó una de las sanciones más graves: la destitución. Así, pese a que el organismo confirmó que existió manifiesta negligencia en la tramitación de una causa penal, el juez conservará su puesto en la Función Judicial una vez más. 

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