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Diario Expreso Ecuador

CNT: quiénes deben devolver los $ 7,9 millones y qué dispone el fallo de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional anuló el paso de servidores de carrera al contrato colectivo de CNT.Los cobros se aplicarán vía rol de pago

La Corte Constitucional anuló el paso de servidores de carrera al contrato colectivo de CNT EP.

La Corte Constitucional anuló el paso de servidores de carrera al contrato colectivo de CNT EP.CNT INFORMA

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • La Corte Constitucional anuló el paso de servidores de carrera al contrato colectivo de CNT.
  • Más de 3.000 funcionarios deberán reintegrar valores calculados preliminarmente en $ 7,93 millones.
  • Los cobros se aplicarán vía rol de pago en un plazo que no superará los 36 meses.

La Corte Constitucional dejó sin efecto las resoluciones judiciales emitidas en Manabí que incorporaron indebidamente a servidores públicos de carrera de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) al régimen de contratación colectiva. El dictamen determinó que una acción de protección tramitada en 2022 desnaturalizó las garantías constitucionales para conceder beneficios improcedentes, obligando a la empresa pública a individualizar liquidaciones y recuperar un monto estimado en 7,93 millones de dólares.

¿Qué resolvió la Corte Constitucional sobre los contratos en CNT EP?

El máximo tribunal de control constitucional concluyó que los servidores públicos de carrera de CNT pertenecen a un régimen laboral diferenciado, por lo que resulta improcedente equipararlos a los amparados por el Código del Trabajo mediante garantías jurisdiccionales.

En su resolución, el organismo identificó las siguientes irregularidades procesales de origen:

  • Incompetencia territorial: Los jueces de la provincia de Manabí carecían de jurisdicción para tramitar y resolver la causa original.
  • Desnaturalización jurídica: La acción de protección fue empleada indebidamente para modificar regímenes de trabajo y fijar beneficios laborales.
  • Nulidad de fallos previos: Quedaron sin efecto legal tanto la sentencia de primera instancia como su posterior ratificación en cortes provinciales.
La Corte Constitucional dejó sin efecto las resoluciones judiciales emitidas en Manabí.

La Corte Constitucional dejó sin efecto las resoluciones judiciales emitidas en Manabí.Archivo Expreso

Devolución de recursos: ¿quiénes deben pagar y en qué plazo?

El impacto central del fallo radica en el ámbito financiero y administrativo. La empresa pública tiene la obligación de ejecutar la recuperación íntegra de los rubros erogados a favor de los funcionarios involucrados.

Parámetros para la restitución de valores

  1. Liquidación individualizada: CNT cuantificará caso por caso los montos percibidos indebidamente por cada empleado.
  2. Monto estimado sujeto a ajuste: Un informe económico previo tasó el impacto financiero en 7,93 millones de dólares, cifra que dependerá del balance final de cada expediente.
  3. Mecanismo de descuento: La devolución de los fondos podrá pactarse directamente mediante deducciones en los roles de pago.
  4. Plazo máximo: El cronograma de retenciones no podrá exceder un lapso de 36 meses.

El origen del conflicto laboral y los beneficios anulados

El litigio inició en febrero de 2022, cuando la dirigencia laboral solicitó la homologación de los servidores de carrera hacia el contrato colectivo. El fallo judicial favorable emitido en Manabí benefició a más de 3.000 funcionarios, quienes accedieron a prestaciones que ahora carecen de sustento legal:

  • Incrementos en escalas salariales.
  • Pago de horas suplementarias y extraordinarias.
  • Indemnizaciones laborales.
  • Jubilación patronal.
  • Cobro de rubros con carácter retroactivo.

A partir de la anulación dispuesta por la Corte Constitucional, la empresa de telecomunicaciones deberá finiquitar las cuentas individuales para asegurar el retorno de los fondos públicos.

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