Agentes de Tránsito
Guayaquil endurece requisitos para agentes: estos tatuajes estarán prohibidos
La nueva ordenanza regula el ingreso, formación y ascensos de los agentes civiles de tránsito y prevé sumar 150 nuevos elementos a la ATM.

Nueva ordenanza prevé incorporar 150 agentes civiles de tránsito y restringe tatuajes con contenido sexual, discriminatorio o vinculado a bandas y grupos extremistas.
Lo que se sabe
- La ATM prevé seleccionar y formar nuevos elementos para reforzar el servicio.
- Se prohíben diseños sexuales explícitos, discriminatorios o vinculados con bandas y grupos extremistas.
- La preparación, desempeño y antecedentes administrativos serán considerados para avanzar en la carrera.
El Concejo Cantonal de Guayaquil aprobó la ordenanza que regula el ingreso, formación, carrera, ascensos y evaluaciones de los agentes civiles de tránsito.
La normativa establece nuevos requisitos para quienes busquen ingresar a la institución.
Entre las disposiciones está la prohibición de tatuajes con contenido sexual explícito, vinculados con pandillas, bandas, grupos extremistas o que sean discriminatorios.
No se incluyó la prohibición de tatuajes con lenguaje vulgar, al considerar que podía prestarse a interpretaciones subjetivas.
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Los aspirantes tampoco deberán registrar antecedentes penales ni estar involucrados en procesos por delitos como narcotráfico, secuestro, extorsión, delincuencia organizada, homicidio o robo, entre otros.
Para el nivel directivo, se estableció como límite máximo tener 34 años, 11 meses y 30 días al momento de la inscripción.
La ordenanza contempla otros cambios
Actualmente, Guayaquil cuenta con 680 agentes civiles de tránsito y la ATM prevé seleccionar y formar 150 nuevos agentes.
El proceso comenzará después de que la normativa sea publicada en el Registro Oficial.
El ingreso incluirá evaluaciones físicas, académicas y psicológicas, mientras que los ascensos estarán vinculados con la preparación y el desempeño de los agentes.
También se considerará que los postulantes a un ascenso no tengan faltas administrativas que afecten sus méritos.
La normativa modifica además la Comisión de Calificaciones y Ascensos, que será presidida por el alcalde o su delegado, con voto dirimente.