Guayaquil

COE: Viajeros que ingresen al Ecuador quedan exentos del aislamiento preventivo

La medida rige para quienes lo haga de manera aérea y presenten la prueba COVID-19 negativa. 

PRUEBAS
Protocolo. Los controles como toma de temperatura, se realizan en las terminales aéreas del Ecuador.cortesía

Los ecuatorianos y extranjeros que ingresen al Ecuador por vía aérea y que cuenten con una prueba PCR negativa, ya no guardarán el tiempo del aislamiento preventivo obligatorio, como estaba establecido. Así lo anunció el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional. 

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Dentro del protocolo se mantiene la decisión de que los pasajeros, previo a su desembarque, deben suscribir el formulario migratorio especial del aislamiento preventivo, y la declaración de salud del viajero.

Estos documentos deben ser presentados y entregados al arribo al personal de Migración y Ministerio de Salud Pública (MSP), respectivamente.

Sin embargo, el tiempo del aislamiento, según los lineamientos generales establecidos por la Autoridad Sanitaria, pasa a un período de al menos diez días. El conteo se lo realizará a partir del ingreso al país (9 noches 10 días).

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En tanto, el ministro de Transporte y Obras Públicas, informará a las aerolíneas, a través de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), que los pasajeros que no cuenten con una prueba PCR negativa a su ingreso, deberá realizarse una prueba de detección de SARS-CoV-2 que Salud crea pertinente.

Posteriormente, las aerolíneas remitirán de forma mensual de sus itinerarios de operación y la DGAC verificará que estos no sobrepasen el límite de frecuencias permitidas por el COE Nacional.

  • Algunos puntos del protocolo: 
  • Se solicitará a los viajeros el resultado negativo de una prueba PCR, realizada como máximo hasta 10 días antes del viaje.
  • Toda persona que se realice una prueba PCR (efectuada como máximo hasta 10 días antes del viaje o posterior a su arribo) y obtenga resultado negativo, queda exenta del cumplimiento del tiempo del aislamiento preventivo obligatorio.
  • Las personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria no requieren una prueba RT-PCR y realizarán el aislamiento en domicilio. En caso de arribar al país con una prueba RT-PCR negativa no deberán realizar el aislamiento.
  • En caso de que el viajero salga del Ecuador con una prueba RT-PCR negativa emitida como fecha máxima 10 días antes del viaje y retorne dentro de ese plazo, el viajero no deberá realizar APO al retorno, ni realizarse otra prueba RT-PCR en el país de origen.
  • Todos los costos del transporte, alojamiento y alimentación deberán ser asumidos por los viajeros.