ecuador
Qué derechos se suspenden en Guayas y Pichincha por el nuevo estado de excepción
El presidente Daniel Noboa decretó el estado de excepción en ocho provincias y tres cantones del país, incluyendo Guayas y Pichincha

El estado de excepción en Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
El Decreto Ejecutivo 498, firmado el 15 de septiembre, declaró el estado de excepción en Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas. Además, se incluyó a los cantones Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi).
Guayaquil
Hallan trece bloques de presunta droga en una urbanización de Bellavista Alta
Milka Franco Veliz
La decisión busca intensificar los operativos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional contra el crimen organizado y los grupos declarados como terroristas. El decreto tendrá una vigencia de 60 días y faculta a las instituciones de seguridad a desplegarse en zonas críticas para restablecer el orden público.
Derechos suspendidos durante el estado de excepción
De acuerdo con la Constitución y el decreto presidencial, se suspenden temporalmente varios derechos en Guayas y Pichincha:
- Inviolabilidad de domicilio: se permite el ingreso a viviendas sin orden judicial en casos vinculados al crimen organizado.
- Inviolabilidad de correspondencia: las autoridades pueden intervenir comunicaciones para prevenir delitos y desarticular redes criminales.
- Libertad de reunión: se restringen las aglomeraciones en espacios públicos, con el fin de evitar concentraciones que representen riesgos de violencia o inseguridad.
Toque de queda en cuatro provincias
El decreto también establece un toque de queda nocturno en Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro. La restricción de movilidad regirá del 17 al 30 de septiembre, entre las 00:00 y las 05:00 de la madrugada.
Ecuador
Toque de queda en Ecuador: ¿hasta qué hora se puede circular el miércoles 16 de septiembre?
José Julián Ladines Tomalá
Las excepciones de circulación aplican para personal de salud, fuerzas de seguridad, entidades de gestión de riesgos y administradores de justicia en casos de flagrancia. El objetivo es reducir la actividad delictiva en horarios críticos y reforzar la presencia militar y policial en las calles.
La implementación del decreto quedó a cargo de los ministerios de Defensa e Interior, junto con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Estas instituciones podrán requisar temporalmente bienes y servicios lícitos indispensables para garantizar la continuidad de las operaciones de seguridad.