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Diario Expreso Ecuador

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Qué derechos se suspenden en Guayas y Pichincha por el nuevo estado de excepción

El presidente Daniel Noboa decretó el estado de excepción en ocho provincias y tres cantones del país, incluyendo Guayas y Pichincha

El estado de excepción en Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.

El estado de excepción en Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.Archivo

Nadia Larco Bravo
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El Decreto Ejecutivo 498, firmado el 15 de septiembre, declaró el estado de excepción en Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas. Además, se incluyó a los cantones Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi).

La decisión busca intensificar los operativos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional contra el crimen organizado y los grupos declarados como terroristas. El decreto tendrá una vigencia de 60 días y faculta a las instituciones de seguridad a desplegarse en zonas críticas para restablecer el orden público.

Derechos suspendidos durante el estado de excepción

De acuerdo con la Constitución y el decreto presidencial, se suspenden temporalmente varios derechos en Guayas y Pichincha:

  • Inviolabilidad de domicilio: se permite el ingreso a viviendas sin orden judicial en casos vinculados al crimen organizado.
  • Inviolabilidad de correspondencia: las autoridades pueden intervenir comunicaciones para prevenir delitos y desarticular redes criminales.
  • Libertad de reunión: se restringen las aglomeraciones en espacios públicos, con el fin de evitar concentraciones que representen riesgos de violencia o inseguridad.

Toque de queda en cuatro provincias

El decreto también establece un toque de queda nocturno en Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro. La restricción de movilidad regirá del 17 al 30 de septiembre, entre las 00:00 y las 05:00 de la madrugada.

Las excepciones de circulación aplican para personal de salud, fuerzas de seguridad, entidades de gestión de riesgos y administradores de justicia en casos de flagrancia. El objetivo es reducir la actividad delictiva en horarios críticos y reforzar la presencia militar y policial en las calles.

La implementación del decreto quedó a cargo de los ministerios de Defensa e Interior, junto con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Estas instituciones podrán requisar temporalmente bienes y servicios lícitos indispensables para garantizar la continuidad de las operaciones de seguridad.

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