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Diario Expreso Ecuador

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ANT advierte con sanciones a operadores de buses que suspendan servicio sin justificación

El pronunciamiento de la Agencia Nacional de Tránsito ocurrió luego de que circulara la noticia sobre una posible suspensión de operación para el 3 de julio

El transporte público habla de una grave crisis e imposibilidad de solventar costos de operación.

El transporte público habla de una grave crisis e imposibilidad de solventar costos de operación.Foto: Matthew Herrera/ Expreso.

Daniel Alejandro Romero Páez

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La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) emitió este 2 de julio de 2026 un comunicado en el que recordó a los operadores del transporte terrestre que la suspensión o interrupción injustificada del servicio constituye una infracción administrativa muy grave y puede derivar en sanciones económicas y administrativas.

La institución enfatizó que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que la interrupción del servicio sin una causa legalmente justificada puede ser sancionada con una multa equivalente a ocho remuneraciones básicas unificadas.

Además, la ANT señaló que la Resolución Nro. 045-DIR-2014-ANT, que regula los contratos de operación, prohíbe expresamente la suspensión del servicio, excepto en casos de fuerza mayor, caso fortuito o por disposición de la autoridad competente.

La entidad también advirtió que, si se verifica una paralización injustificada, iniciará los procedimientos administrativos correspondientes para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones previstas en la normativa vigente.

Según indicó el órgano rector del transporte en el país, esos procesos se desarrollarán con observancia del debido proceso y el derecho a la defensa de los operadores involucrados.

El comunicado agrega que, cuando la interrupción del servicio comprometa el interés público, la autoridad competente podrá adoptar medidas cautelares. Entre ellas constan: 

  • Intervención de la operadora
  • Suspensión de rutas o unidades, 
  • Realización de revisiones técnicas extraordinarias 
  • Reevaluación de conductores

La ANT también recordó que, dependiendo de la gravedad de la infracción, las sanciones pueden ir más allá de una multa económica. La normativa vigente contempla la posibilidad de disponer la reversión de rutas y frecuencias o incluso del título habilitante otorgado a la operadora.

¿Por qué la ANT advirtió a los transportistas?

Durante la mañana de este 2 de julio de 2026 circuló la noticia de una posible suspensión de las operaciones por parte de la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Interprovincial de Pasajeros (FENACOTIP).

En una circular atribuida a ese gremio se anunció una medida de resistencia ante “la grave crisis económica que enfrenta el transporte público intra e interprovincial de pasajeros”. 

En dicho documento también se habla de la imposibilidad de solventar los gastos de operación.

Con ese escenario, la medida habría sido convocada desde las 00:00 del viernes 3 de julio de 2026 y duraría mientras persistan las circunstancias que motivan la protesta.

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