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Diario Expreso Ecuador

Factura de energía eléctrica

Descuento en planillas de luz: quiénes ya acceden y qué problemas se reportan

La compensación en la factura de luz se aplicará en mayo para zonas afectadas por el calor, pero los adultos mayores tienen un subsidio permanente del 50 %

Una persona camina al pie de la empresa eléctrica en Guayaquil.

Una persona camina al pie de la empresa eléctrica en Guayaquil.Archivo/ Expreso

Lina Zambrano
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Lo que debe saber

  • El descuento de hasta 180 kWh se aplicará en la factura de mayo para usuarios en zonas afectadas por la ola de calor, sin necesidad de trámites.
  • La compensación cubre solo el consumo eléctrico; rubros como alumbrado público, basura y bomberos se pagan completos.
  • Los adultos mayores tienen un subsidio permanente del 50 %, pero deben cumplir requisitos y realizar el trámite correspondiente.

El descuento en la planilla de energía eléctrica, que cubre hasta 180 kWh y fue anunciado por el presidente Daniel Noboa, se aplicará en la factura de mayo de 2026. Este alivio, que será de aproximadamente 20 dólares, rige para las zonas que sufren una ola de calor. Sin embargo, hay un grupo de usuarios que recibe un subsidio permanente: los adultos mayores.

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Para ser beneficiario del descuento por la ola de calor no es necesario realizar ningún trámite; el único requisito es vivir en las zonas donde la sensación térmica ha llegado hasta los 40 grados centígrados.

Lo que sí se debe tomar en cuenta es que la compensación aplica únicamente al consumo de energía eléctrica; las tasas como alumbrado público, recolección de basura y bomberos deben pagarse a su costo real.

En el caso de la compensación para los adultos mayores, sí es necesario realizar trámites.

¿De cuánto es el descuento para el adulto mayor?

El descuento para el adulto mayor es del 50 % del valor del consumo generado por el uso del servicio de un medidor de energía eléctrica, siempre que el consumo mensual sea de hasta 138 kWh.

La exoneración del 50 % del pago de la factura de la luz también aplica a instituciones sin fines de lucro que desarrollen actividades de atención a personas de la tercera edad, como asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.

¿Cuáles son los requisitos para la persona natural?

  • Tener al menos 65 años.
  • Presentar la cédula de ciudadanía.
  • Tener suscrito un contrato de suministro con la empresa, con consumo residencial.
  • Llenar y firmar el formulario de beneficio para la tercera edad.

¿Cuáles son los requisitos para persona jurídica?

  • Contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  • Presentar la cédula de ciudadanía del representante legal.
  • Presentar el nombramiento del representante legal, debidamente legalizado.
  • Presentar un certificado emitido por el organismo competente que demuestre que la institución (asilo, albergue, comedor o institución gerontológica) se dedica a actividades sin fines de lucro y de atención a personas de la tercera edad.
  • Tener suscrito un contrato de suministro con la empresa.

¿Dónde encontrar el formulario?

El formulario se encuentra en las páginas web de las empresas eléctricas. El trámite se realiza en el área de servicio al cliente de cada empresa.

Si la documentación presentada es correcta, se aplicará el beneficio tarifario. La rebaja se aplicará únicamente al inmueble donde la persona beneficiaria tenga su domicilio permanente y a una sola cuenta contrato por servicio.

Todo el trámite no tiene ningún costo. El beneficio se verá reflejado en la factura siguiente y para los adultos mayores la compensación es permanente.

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