compensación a transportistas ecuador
Daniel Noboa cambia cálculo de compensación por combustibles para transportistas: ¿bajará el monto?
Transportistas de taxis, carga liviana y tricimotos reciben compensaciones desde junio de 2024 para mitigar el impacto por el alza de precios de gasolinas

Los transportistas de taxis reciben una compensación mensual por los combustibles desde junio de 2024 (foto referencial).
Lo que debes saber
- El Decreto 447 modifica la fórmula para calcular la compensación a transportistas, pero mantiene los beneficiarios y la cobertura.
- El precio base deja de ser fijo ($2,465) y pasa a ser el promedio del precio de la gasolina extra y ecopaís del primer semestre de 2026
- La reforma no modifica los volúmenes de consumo reconocidos para cada modalidad de transporte.
El mecanismo con el que calcula la compensación económica que reciben taxistas, transportistas de carga liviana y conductores de tricimotos y mototaxis en Ecuador fue modificado. Esta medida busca adaptar este beneficio a las nuevas condiciones del mercado internacional de combustibles, según informó este 11 de julio de 2026 la Presidencia de la República.
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Esta reforma se sustenta en una recomendación del Comité de Optimización Energética (Coener), basada en un informe técnico y un pronunciamiento jurídico del Ministerio de Infraestructura y Transporte. Además, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió un dictamen favorable para la modificación del Decreto 306.
Así, tras acoger estas recomendaciones, este ajuste consta en el Decreto Ejecutivo 447, suscrito el 11 de julio de 2026 por el presidente Daniel Noboa. Este insumo reforma el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 306, que creó en junio de 2024 el mecanismo de compensación para evitar que las variaciones en el precio de la gasolina extra y ecopaís -tras la implementación del sistema de bandas- se trasladaran a las tarifas del transporte, alimentos y otros.
En un comunicado, el Gobierno señaló que la reforma "mantiene los beneficios y la cobertura para los transportistas" y actualiza el criterio técnico con el que se calcula la compensación.
Además, sostuvo que la medida protege los recursos públicos, fortalece la sostenibilidad fiscal y garantiza que el apoyo al sector transporte continúe de forma responsable, transparente y sostenible.
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¿Qué cambia en el cálculo?
El cambio no modifica los beneficiarios ni los volúmenes de consumo reconocidos para cada modalidad de transporte. Lo que cambia es el precio base utilizado para calcular la transferencia monetaria mensual.
Hasta ahora, la compensación se determinaba -según el Decreto 306- tomando como referencia un precio fijo de $2,465 por galón para la gasolina extra y ecopaís. La diferencia entre ese valor y el precio de venta al público vigente de este combustible se multiplicaba por el volumen de consumo asignado a cada tipo de transporte.
Los volúmenes de consumo reconocidos por el Decreto 306 permanecen sin cambios:
- 156 galones mensuales para taxis convencionales y ejecutivos.
- 145 galones para transporte de carga liviana y mixta.
- 90 galones para tricimotos y mototaxis.
Sin embargo, con el Decreto 447, ese precio fijo ($2,465 por galón) desaparece.
A la ciudadanía: pic.twitter.com/EnS65EK1jm
— Presidencia Ecuador 🇪🇨 (@Presidencia_Ec) July 11, 2026
¿Cómo se hará el cálculo ahora?
A partir de ahora, el cálculo utilizará como referencia el promedio simple del precio de venta al público de la gasolina extra y ecopaís durante el primer semestre de 2026, y ese valor se comparará cada mes con el precio oficial que comunique el ministerio rector del sector hidrocarburífero.
Esta diferencia volverá a multiplicarse por el volumen de consumo establecido para determinar el monto de la compensación.
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¿Cuál es la referencia actual para el cálculo?
Con los precios vigentes entre enero y junio de 2026, ese promedio bordea los $2,97 por galón, superior al precio base de $2,46 utilizado hasta ahora.
Así, con los nuevos precios de la gasolina extra y ecopaís ($3,26 por galón) que regirán desde este 12 de julio, la diferencia frente al nuevo precio base de aproximadamente $2,97 será de alrededor de $0,29 por galón.
En cambio, en el esquema anterior, esa brecha representaba $0,79, pues el precio base utilizado para calcular la compensación era de $2,465.
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La ejecución del decreto 447 estará a cargo del Ministerio de Infraestructura y Transporte, el ministerio rector del sector hidrocarburífero, el Ministerio de Desarrollo Humano, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Servicio de Rentas Internas, la Unidad de Registro Social y las demás entidades involucradas. El Decreto 447 entró en vigencia desde su suscripción.