
TCE anula admisión a trámite de denuncia electoral contra Luisa González: ¿Por qué?
El TCE aceptó la recusación presentada contra el juez Ángel Torres y señaló que existen vicios de nulidad en el proceso
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió anular el auto de admisión de la denuncia electoral presentada en contra de la excandidata presidencial de la Revolución Ciudadana, Luisa González. La también dirigente correísta es señalada de presunta campaña anticipada.
De acuerdo con el expediente de la causa, González fue denunciada el 23 de abril de 2025 por Marcos Marcelo García Águila. En principio, la queja electoral también se extendía a Diego Borja, excandidato a la Vicepresidencia del correísmo, pero el juez electoral Ángel Torres decidió excluirlo del proceso.
Esto provocó que González presente un incidente de recusación en contra del juez Torres por considerar que se estaba vulnerando el principio de imparcialidad, la tutela judicial y el debido proceso. Finalmente, la recusación fue aceptada y se declaró la nulidad del auto de admisión.

La admisión a trámite de la queja contra Luisa González tiene vicios de nulidad
En su auto interlocutorio, el magistrado electoral Guillermo Ortega explica el por qué la admisión a trámite realizada por el juez Torres tiene vicios de nulidad, en especial, por el análisis por separado que hizo de la denuncia contra González y Borja.
Según recuerda Ortega, en el auto de admisión, el magistrado Torres decidió excluir al excandidato vicepresidencial del correísmo al "no identificar conductas activas que permitan vincular al presunto infractor al acto antijurídico denunciado". Sin embargo, aclara que este ese análisis se excedió de la etapa de admisibilidad de la causa.
"(El juez Torres) excede el análisis de admisibilidad de la causa, mismo que debe centrarse exclusivamente en examinar que el escrito que contiene la denuncia cumpla con todos los requisitos formales que establece la ley, a fin de continuar con las siguientes fases procesales", acota.
Por ello, el juez Ortega declaró de oficio la nulidad del auto de admisión y sostuvo que dicho vicio "debe ser subsanado previo a continuar con la sustanciación de la causa y proveer lo que en derecho corresponda".
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