
Opositores frenan juntos la incautacion de bienes
Asambleístas del PSC y correístas alegan que la reforma violaría el debido proceso. Sí aceptarían la figura del comiso anticipado.
No pasó. El debate y aprobación de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) por el pleno de la Asamblea Nacional, dejó algunos vacíos. Los cambios que establecían la incautación de bienes por delitos de peculado o cohecho, entre otros, no pasaron porque los asambleístas de la Revolución Ciudadana (RC) y del Partido Socialcristiano (PSC) votaron en contra de esta posibilidad.
El proyecto planteaba que la figura de la incautación podía ser utilizada en los delitos económicos, financieros, contra la Administración pública, de producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, lavado de activos, terrorismo y su financiación, trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, enriquecimiento privado no justificado, delincuencia organizada y testaferrismo.
Sectores políticos consideran que esta era una de las herramientas más eficaces en la lucha contra la corrupción, más aún, de recuperar parte de los recursos “robados” por quienes han cometido los delitos antes señalados.
Correístas y socialcristianos defienden su accionar. Tras reiterar que están a favor de la lucha contra la corrupción, consideran que llevar adelante la incautación sin una sentencia previa violenta la Constitución, las reglas básicas de derechos humanos y el debido proceso.
La expresidenta de la Asamblea y legisladora de la Revolución Ciudadana, Gabriela Rivadeneira, afirmó que la incautación de bienes previa sentencia vulnera todos los principios del debido proceso. Añadió que quienes hablan de que Naciones Unidas ha presentado una propuesta para que se aplique esto de la incautación, están leyendo a medias lo que el organismo internacional plantea. “No es una resolución para los estados, es parte de una convocatoria que se hace para la lucha contra la corrupción, y es una herramienta que está en debate, no es un tema recomendado y sacramentado”, aseveró.
De su parte, el asambleísta socialcristiano César Rohon defendió que la actuación de su bloque fue coherente, ya que si se votó por el comiso sin sentencia, no se podía votar por la incautación. Coincide con Rivadeneira en que no se debería aplicar una incautación sin que medie un fallo judial.
No todos aceptan este argumentario en el seno legislativo. Asambleístas de otras bancadas consideran que el comiso recién se podrá ejecutar cuando se llame a juicio, lapso de tiempo en el cual los acusados de corrupción podrían aprovechar para vender los bienes malhabidos con ayuda de terceros. “Hasta que llamen a juicio va a pasar un buen tiempo, y con ayuda de testaferros, los corruptos se deshacen de los bienes y no se recupera nada de lo que se han robado”, sostuvo el legislador de SUMA, Guillermo Celi.
Para el asambleísta Homero Castanier, de CREO, el comiso y la incautación no se contraponen. A su criterio, la incautación es “una herramienta” fundamental en la lucha contra la corrupción. Los dos legisladores esperan que el Ejecutivo, en su pronunciamiento, tome en consideración este tema e incluya esta figura a través del veto.
Veto presidencial
Moreno puede aún despenalizar el aborto por violación
Ahora la pelota está en la cancha del Ejecutivo. Los legisladores del oficialismo ven como una posibilidad que la despenalización del aborto por violación sea parte del Código Orgánico Integral Penal (COIP), a través del veto a las reformas que haga el presidente de la República, Lenín Moreno.
El primer mandatario tiene 30 días de plazo para vetar o sancionar las reformas al COIP, que será enviado en las próximas horas. La presidenta de la Comisión de Justicia, Ximena Peña, considera que es posible que el Ejecutivo se pronuncie al respecto, considerando que fue un tema tratado durante el primero y segundo debate. Deja claro, ante los argumentos que desvirtúan esa posibilidad, que la normativa para la aprobación de leyes determina que el jefe de Estado está solo impedido de incluir temas que no hayan sido tratados por la Asamblea Nacional.
Peña cree que el presidente Moreno deberá evaluar las reacciones que se han registrado en el país tras la decisión del martes 17 de septiembre de 2019. El mandatario podría “corregir la decisión que se ha tomado”.
Los sectores de mujeres que promueven la despenalización también piden a Moreno que haga “valer su rol de colegislador y que el veto parcial incluya el aborto no punible”.
Esta esperanza aumenta considerando la posición que tiene la ministra de Gobierno, María Paula Romo, quien el miércoles expuso, a través de redes sociales, su apoyo a la despenalización. RRG
Proceso
Reformas al COIP en 60 días
En las próximas horas la Asamblea remitirá al presidente Lenin Moreno los textos aprobados del proyecto de reformas Código Orgánico Integral Penal aprobados la noche del martes. El Ejecutivo tendrá 30 días de plazo, desde que reciba el documento, para vetar o sancionar los textos.
Una vez que se pronuncie el Ejecutivo, los textos, de haber una objeción parcial, regresarán al Parlamento para que también en un plazo de 30 días se allane a la propuesta que presente el Jefe de Estado o insista en los textos que fueron aprobados por los legisladores.
De acuerdo con lo que estipula la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, de existir el veto parcial del Ejecutivo, el pleno de la Asamblea necesitará de 70 votos para allanarse y 91 votos para insistir en los textos aprobados por los parlamentarios. Si no hay un pronunciamiento por parte de la Asamblea en el plazo determinado, los textos del Ejecutivo entran en vigencia por el Ministerio de la Ley. RRG
Los otros cambios relevantes en el COIP
El proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que fue aprobado por el pleno de la Asamblea Nacional, enmarca cambios en 135 artículos del cuerpo legal vigente. El documento será enviado al Ejecutivo para su sanción u objeción.
Si bien el debate se centró en los denominados “nudos críticos”, con la despenalización del aborto por violación y el cannabis para uso medicinal, entre otros, los cambios se aplicarán a más temas de relevancia común como las modificaciones en los procedimientos, los nuevos tipos penales y las nuevas sanciones que tiene el COIP.
Son parte del paquete de reformas apoyadas en una votación en bloque por los asambleístas de las diferentes bancadas políticas representadas en la Legislatura. Excepto por la bancada de la Revolución Ciudadana (correístas) que decidió abstenerse, bajo el argumento de que en algunos casos son violatorios al debido proceso o con visos de inconstitucionalidad.
Entre los cambios, hay delitos por maltrato animal, la protección de niños, niñas y adolescentes, abigeato, agiotaje, almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos, desaparición involuntaria, intencionalidad para cometer delitos; decomiso de armas blancas, reincidencia, inhabilitación para cargo público. EXPRESO los detalla.
Las reformas
Animales
Las lesiones que causen un daño permanente en animal se sancionará con 2 a 6 meses de prisión. La tortura, sería de 6 meses a 1 año. Las peleas de perros u otros animales entre ellos tendrá cárcel de 2 a 6 meses y 1 año si hay agravantes. El abuso sexual de un animal o someter a explotación sexual tendrá de entre 6 meses y 1 año de cárcel.
Protección
Quienes cometan delitos contra la integridad sexual y reproductiva de niños y adolescentes no se podrán someter a un procedimiento abreviado, que implica una rebaja de la pena. Además, los juzgadores que lleven estos procesos deberán ordenar medidas de protección antes de notificar sobre cualquier diligencia.
Abigeato
El delito es cuando una persona que se apodere de una o más cabezas de ganado caballar, vacuno, porcino, lanar, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. La reforma incluye que se produzca el comiso de cualquier tipo de bien mueble o inmueble empleado para el cometimiento del delito.
Agiotaje
Castiga a la persona que no pague el precio oficial mínimo de sustentación establecido para el banano, maíz, arroz, leche cruda o cualquier otro producto agrícola o pecuario, con fines de comercialización en el mercado interno o externo. Quien utilice, ofrezca o venda el suero de leche líquido o lacto-suero para su uso dentro de la cadena láctea.
Hidrocarburos
Para quien almacene, transporte, envase, comercialice o haga distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos se especifica la pena de cárcel. En mínima escala, de dos a seis meses; en mediana escala, de seis meses a un año; en alta escala, de uno a tres años, y a gran escala, de tres a cinco años.
Testaferrismo
Se incorpora en el tipo a quien, siendo titular de un permiso de operación turística en los centros poblados de Galápagos o de una autorización en cualquier otra actividad, haga constar como suyos bienes o permita el uso de sus derechos de manera ilegítima.
Registro
La Fuerza Pública podrá retirar las armas blancas encontradas durante registros realizados en espacios públicos, en lugares de concentración pública, espectáculos públicos, escenarios deportivos o de concurrencia masiva; en el servicio público de transporte, en las instituciones educativas de todos los niveles, respetando la autonomía universitaria.
Reformas
Al Código Orgánico de entidades de Seguridad y Orden Público en donde se define qué es el uso progresivo de la fuerza y sus niveles. A la Ley de Comunicación.- Se incorpora obligación de medios de informar hechos noticiosos bajo presunción de inocencia. En caso de declararse la inocencia se podrá solicitar se difunda noticia en el mismo espacio.