Situación. Los controles por la utilización de la motocicleta han generado diversos criterios de la ciudadanía.

La norma sobre motos se asume incompleta

Tránsito estima que la prohibición es ‘sexista’ y que no señala horario. Los operativos se activarán según las circunstancias.

Si bien en la totalidad o mayoría de los delitos que se cometen con la ayuda de la motocicleta participan hombres, la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) no concuerda con el artículo cuarto de la ordenanza que controla la utilización del liviano vehículo, al que califica de ‘sexista’.

Para evitar malas interpretaciones, la entidad solicitará al Concejo Cantonal de Guayaquil una ampliación de la norma que establecerá en qué horarios se prohíbe la circulación de dos personas en una moto, sin necesidad de especificar el sexo.

La ordenanza estará vigente una vez que sea publicada en la Gaceta Municipal. Es decir, aún no rige esa disposición.

El gerente general de la ATM, Andrés Roche, aclara que, en tanto, siguen los operativos contra el mal uso de las motos. Explica que la ordenanza es un enunciado que se activa de manera excepcional. “Cuando la Policía Nacional nos determine las circunstancias de un patrón de delitos que está sucediendo, determinaremos el tiempo, horario y zona”, detalla.

También se refirió al artículo 1, acerca del uso de placas en los vehículos. Especificó que los carros deben exhibir la lámina en la parte posterior y superior; mientras que las motocicletas, motonetas, bicimotos, tricimotos y cuatrimotos deben colocarla en la parte posterior.

Recuerda que el incumplimiento de esa obligación se sanciona con un salario mínimo unificado (375 dólares), además de la retención de la unidad por siete días. En caso de reincidencia, la sanción será de dos salarios (750 dólares) y la retención durante 14 días.

El artículo 2 indica que solo podrán comercializar motocicletas las personas naturales o jurídicas que tengan la respectiva autorización para esa actividad. El gestor asignado para la matriculación de las unidades debe ser calificado por la ATM.

El artículo 3 sancionará con tres salarios (1.125 dólares) a quien incumpla con la matriculación de las motos, además de la clausura del local de venta por tres días. El reincidente será multado con seis salarios, es decir 2.250 dólares.

El criterio ciudadano sobre la ordenanza está dividido. Gelacio Mora, miembro del Colectivo Tejido Social, apoya el control; pero considera que deberían efectuarse de manera sorpresiva “para evitar que los delincuentes se fuguen”.

El motociclista Mathías Garzón opina que primero debe haber un trabajo de inteligencia y estudiar de manera minuciosa a los antisociales.

Rectifican el fallo sobre la expropiación

Otro giro tomó la resolución del juez de la Unidad Civil y Mercantil de Guayaquil, Roberto Angulo, que pretendía dejar sin efecto la expropiación del predio en Durán donde está proyectada la aerovía.

Así lo anunció ayer Andrés Roche, gerente general de la ATM, quien confía en que tras la disposición podrá avanzar la propuesta del sistema de transporte masivo aéreo que enlazará Guayaquil con Durán.

Los inconvenientes para el Cabildo duraneño empezaron por la presentación de una medida cautelar por parte de la empresa Vimare S. A., propietaria del terreno.

Roche señala que el Municipio deberá corregir dos artículos no utilizados adecuadamente en el proceso, lo que fue argumento para la resolución de Angulo.