
La ley obliga a tener seguro para manejar dinero publico
2017 31 de mayo, es la fecha de la última modificación. Contraloría emitió un nuevo reglamento de caución.
El papel dice que los funcionarios que tengan a cargo dinero público deben tener un respaldo, en forma de caución, que responda por sus actos en caso de que se pierda o se desvíen los recursos del Estado. En la práctica, el caso Odebrecht ha transparentado la dificultad de que el Estado vea reparado el perjuicio económico generado por la gestión irregular de los contratos a cambio de sobornos.
Una aplicación estricta del reglamento de registro y control de las cauciones daría un panorama de administración pública impecable, según el director binacional de Ecuador y Perú de la Organización de Especialistas en Delitos Financieros, Douglas Medardo Torres Feraud. Esa norma atribuye a la Contraloría, cuya versión aún no ha llegado a EXPRESO, la tarea de verificar que se cumple en las instituciones públicas las obligaciones de que ciertos funcionarios contraten un seguro o póliza de fidelidad como caución ante sus actividades, ya sean lícitas o ilícitas.
Si no lo hacen, el funcionario y el responsable en la entidad de hacerle cumplir, esto es, el departamento de recursos humanos, según la norma, tendrán que responder. Los sujetos obligados no son todos los servidores públicos sino aquellos que tienen contacto y manejan recursos públicos, ya sean en dinero o en productos. Por ejemplo, el bodegaje de los centros de salud.
Es lo que recoge la norma; pero profesionales del sector seguros dan cuenta de que la contratación de pólizas de fidelidad se ha ido perdiendo con el tiempo. Hace 10 años eran una práctica común, pero ahora no. Comenta un experimentado abogado del ramo que prefiere mantenerse en perfil bajo. Aunque las cifras oficiales han aumentado en los últimos años, reflejan más bien la expansión del cuerpo de funcionarios que una mayor contratación de cauciones.
La Contraloría ha señalado en los últimos años a varias instituciones nacionales o provinciales por incumplimientos en su obligación, como tener desactualizada la póliza o porque la entidad pública pagó la totalidad de la prima, según los informes publicados en su web. El reglamento es claro en indicar que el funcionario que debe contratar caución debe asumir el gasto de la póliza contratada con una aseguradora. Y si la institución para la que labora decide asumir parte del costo, en caso de tener presupuesto, solo lo podrá hacer hasta un 60 %.
Este aspecto, para Douglas Feraud, fungiría como camisa de fuerza contra los actos de corrupción en el sector público. Porque el funcionario asume el pago de la póliza y tendría mayores reparos a la hora de cometer irregularidades. El exdirector de la Cámara de Compañías de Seguros del Ecuador, Luis Cabezas-Klaere, recuerda además que las compañías de seguros piden una contragarantía a quien contrata la póliza de fidelidad. Es decir, le piden al funcionario una garantía con la que responder en caso de que se active la póliza de fidelidad. Cabezas-Klaere precisa que la caución del funcionario podrá ser un depósito en dinero, una hipoteca, una garantía bancaria o póliza de seguro de fidelidad. Y la cuantía debe ser de al menos 12 veces el sueldo del empleado público.
Eso hace que la contratación de caución sea una tarea complicada, pese a su obligatoriedad. Y para ser realmente efectiva contra la corrupción, el profesional razona que el monto cubierto debería ser proporcional a los recursos públicos que se manejan: “¿Qué pasa si están garantizados 300.000 dólares, pero desaparecen 10 millones?”.
Para saber
Funcionarios obligados
Son quienes se encarguen de la recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos.
Pago de la póliza
La institución pública para la que trabaja el funcionario que debe contratar caución puede cubrir el costo, si tiene presupuesto, hasta un máximo del 60 % de la póliza.
Control al cumplimiento
Lo debe asumir el departamento de Recursos Humanos de la entidad y la Contraloría.