Invitacion a la intromision

Hay unos jueces que quieren complicar la vida a la Cancillería, echándole una carga de trabajo que no le corresponde, y que probablemente tampoco quiera tener. Lo intentan hacer camuflajeados en argumentos seudolegales, que al menos constituyen el error inexcusable que el Código de la Función Judicial (art. 109, 7º) prevé como causa de destitución, pues en verdad pretenden pisotear una regla básica en un Estado que se dice de derecho: que ninguna autoridad ajena a lo judicial puede desempeñar funciones de administración de justicia (Constitución, art. 168).

Cuento el caso, publicado en la página electrónica de la función judicial (http://consultas.funcionjudicial.gob.ec/informacionjudicial/public/informacion.jsf):

Se intenta ejecutar en el Ecuador una sentencia, dictada en el extranjero; para ello es necesario que primero, según reglas bien conocidas, una corte local declare que tal sentencia cumple determinados requisitos formales y que no es contraria, por decirlo en simple, a reglas de orden público. Si tales requisitos están cumplidos se procede a “homologar”, esto es reconocer a tal sentencia extranjera como si fuese nacional, para que pueda ser ejecutada.

Pero resulta que los jueces Kléber Puente Peña, Johanna Tandazo Ortega y María Gabriela Mayorga Contreras, de la Sala “Especializada” de lo Civil de la Corte Provincial del Guayas, en decisión del pasado 24 de junio, y en claro abandono de sus funciones, declararon que no podían admitir la demanda de reconocimiento de una sentencia extranjera porque el interesado debía ir primero a la Cancillería, a efectos de que esa dependencia del Ejecutivo sea la que verifique que tal sentencia “...no sea contraria a la Constitución y las leyes...”, así como que “...no contraríe manifiestamente los principios y las leyes de orden público...”. Semejante adefesio concluye con que solo “Una vez que esta Cartera de Estado ha efectuado la verificación indicada”, se puede trasladar el caso a los jueces (caso 00024-2016).

Nada más hay que agregar. El Consejo de la Judicatura tiene ahora la palabra.

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