Elección- juntas- Consejo
Elección. El proceso se desarrolló en las delegaciones electorales de todo el país, excepto Galápagos.Ángelo Chamba/ EXPRESO

Se define la conformación de los Consejos Provinciales

La elección que se hizo en 23 provincias tuvo el apoyo técnico del Consejo Nacional Electoral

En las delegaciones electorales de 23 provincias del país fueron elegidos este 28 de mayo de 2023 los representantes de los presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales ante los Consejos Provinciales, exceptuando a la provincia de Galápagos.

El procedimiento, que está establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), contó con la asistencia técnica del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Según el organismo electoral, el proceso se desarrolló con absoluta normalidad. Pasado el mediodía ya había resultados. De acuerdo con la normativa, los presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales electos en el proceso, pasarán a integrar el Consejo Provincial de sus respectivas jurisdicciones.

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La ley señala que en provincias con hasta 100 mil habitantes en el área rural el Consejo contará con tres presidentes como representantes; hasta 200 habitantes, cinco presidentes; y las que tienen más de 200 mil habitantes rurales estarán representadas por siete presidentes de las Juntas Parroquiales.

La elección se produce casi dos semanas después de la posesión de las autoridades locales que fueron elegidas en los comicios seccionales de febrero de este año.

Las atribuciones de los Consejos Provinciales incluyen expedir ordenanzas, acuerdos y resoluciones de tipo provincial; regular la aplicación de tributos que favorezcan a ese nivel de gobierno, siempre y cuando lo permita la ley; aprobar planes de desarrollo y ordenamiento territorial provincial; entre otros.