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Pichincha es una de las provincias para las que el COE ha pedido el estado de excepción.Archivo

El COE recomienda el estado de excepción para 8 provincias

Loja, El Oro, Santo Domingo, Esmeraldas, Manabí Pichincha, Guayas y Azuay entrarían en toque de queda durante los próximos 30 días

A pocas horas de que se inicie el feriado de Semana Santa, el Comité de Operaciones de Emergencias (COE) Nacional informó a través de una rueda de prensa sobre nuevas resoluciones adoptadas este 1 de abril en plenaria. El organismo dijo que ha propuesto al presidente Lenín Moreno la firma decreto ejeutivo para adoptar el estado de excepción por 30 días, que incluiría un toque de queda, a partir de mañana 2 de abril, en 8 provincias del país, con el fin de evitar más contagios de covid-19.

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El toque de queda propuesto al mandatario, regiría desde las 20:00 hasta las 05:00 en las provincias de Guayas, Pichincha, Manabí, Loja, El Oro, Santo Domingo, Azuay y Esmeraldas, con mayor incidencia de contagios, explicó el funcionario.

En estas jurisdicciones provinciales, la medida busca prohibir la venta y consumo de alcohol  durante el día, la suspensión de la jornada laboral presencial a partir del lunes 5 hasta el 9 de abril; el Registro Civil emitirá las directrices para no suspender la celulación, entre otras disposiciones.

Además, se suspenden actividades en gimnasios, canchas deportivas, cines, teatros, mientras dure el estado de excepción.

Suspensión total de la jornada laboral presencial del sector público en las provincias en mención desde el 5 al 9 de abril es otra regla que entraría en vigencia en estos territorios.

Medidas iniciales que recomienda el COE del 2 de abril hasta el 9 de abril 

- Prohibir reuniones sociales de los miembros de personas que no sean del mismo círculo familiar.

- Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas de las 18:00. Los días viernes, sábado y domingo se restringirá durante todo el día. 

- Prohibir el acceso a playas y balnearios en las provincias con estado de excepción focalizado.

- Se suspende la operación de gimnasios, centros de entrenamiento físico, parques, cines, teatros, canchas deportivas, mientras dure el estado de excepción. Bares, discotecas y centros de tolerancia deberán estar cerrados.

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- Se mantiene prohibición de eventos públicos masivos y concentraciones religiosas.

- Reducir el aforo al 30% en restaurantes, centros comerciales, velorios, ceremonias religiosas, estas últimas de preferencia se solicita hacerlas de manera virtual.

- Se mantiene requisitos de ingreso al país.

- Circulación vehicular del 2 al 9 de abril de acuerdo al último dígito de placas de los vehículos particulares. Los pares no circulan lunes, miércoles y viernes. Los impares los martes, jueves y sábado no lo harán los impares. El domingo 4 de abril no circularán los vehículos de placa par.

- El transporte público y comercial pueden circular fuera del horario de toque de queda. 

Los servicios a domicilio (delivery) podrán operar las 24 horas.