Actualidad
El Codigo Penal y las ordenanzas municipales
Toda autoridad pública que posee competencia para normar tiene la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y a los tratados internacionales. Así, las ordenanzas municipales no pueden estar sobre una ley o código orgánico; y peor establecer infracciones de tránsito con una sanción diferente a las señaladas en el COIP. La Asamblea y la Corte Constitucional deben pronunciarse desde el punto de vista legal y constitucional sobre la Ordenanza Municipal-G que impone multas diferentes a las estipuladas en el COIP sobre contravenciones de tránsito para que ninguna institución del Estado se salga del marco jurídico.
Ing. Carlos J. Govea Maridueña