Taxista abusador en Guayaquil
Momento registrado por cámaras de seguridad en el que un hombre se aproxima a dos estudiantes en Guayaquil.capturas de video

Abuso de taxista a menor queda grabado en Guayaquil: así lo sanciona la ley

El hecho, difundido en redes, generó indignación y abrió debate sobre las sanciones que establece la ley para estos delitos

Un hecho que podría constituir abuso sexual fue registrado por cámaras de seguridad en una calle de Guayaquil, Ecuador. En el video, de aproximadamente un minuto de duración, se observa a un hombre que desciende de un vehículo amarillo y se aproxima a dos personas que caminaban con mochilas escolares.

En las imágenes se aprecia que el individuo, vestido de negro y con gorra, se acerca a una de las adolescentes y realiza un contacto físico no consentido. Luego, regresa al vehículo y abandona el lugar. De acuerdo con la hora que marca el sistema de videovigilancia, el suceso ocurrió a las 12:51 del jueves 3 de julio de 2025.

Tras la difusión del video en redes sociales, usuarios solicitaron la identificación de la persona involucrada y que se investigue el hecho.

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El fiscal del Guayas, César Peña Morán, explicó que este tipo de conducta podría enmarcarse en el delito de abuso sexual, tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) de Ecuador. Este artículo establece que realizar actos de naturaleza sexual sin consentimiento, o obligar a alguien a realizarlos, puede ser sancionado con una pena de tres a cinco años de prisión. La sanción podría incrementarse hasta trece años si la víctima es menor de 14 años, según las circunstancias y agravantes que se determinen durante la investigación.

Las autoridades indicaron que pruebas como el video, la denuncia formal y el informe médico legal serían clave para el proceso. Además, señalaron que podría abrirse una investigación de oficio para determinar la identidad del implicado y del vehículo utilizado.

¿Qué delito habría cometido?

De acuerdo con el fiscal del Guayas, César Peña Morán, la conducta del sujeto encaja en el delito de abuso sexual, tipificado en el Artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador.

Este artículo establece que quien realice en otra persona actos de naturaleza sexual sin su consentimiento, o la obligue a realizarlos, sin que exista acceso carnal, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

No obstante, cuando la víctima es menor de 14 años, como se presume en este caso, la pena puede aumentar hasta trece años de cárcel, dependiendo de las circunstancias y agravantes.

Pruebas y proceso investigativo

Para sustentar la acusación y abrir una investigación penal, se podrían identificar varios elementos claves explica el fical:

  • El video de la cámara de seguridad, que muestra claramente el momento del ataque.

  • La denuncia formal presentada por el representante legal de la menor afectada.

  • El informe médico legal, que constata el abuso y respalda la versión de la víctima.

"Se debería abrir una investigación de oficio y trabajar en la identificación del agresor y del vehículo en el que se movilizaba. No se descarta la difusión de las imágenes del video por parte de las autoridades para facilitar su localización", explicó el funcionario del Ministerio Público.

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