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Cambian los trámites tributarios en Ecuador: estas son las nuevas reglas
La reforma al Código Tributario plantea cambios en notificaciones, reclamos, retención de cuentas, devoluciones, prescripción de deudas y multas

La reforma al Código Tributario plantea nuevos procedimientos para contribuyentes y la Administración Tributaria.
Lo que se sabe
- Antes de bloquear o retener fondos por una deuda, el SRI deberá notificar y esperar 20 días.
- Los reclamos tendrán hasta 120 días hábiles y los recursos de revisión, hasta 180 días.
- Las multas se plantea calcularlas con base en el SBU y no mediante valores fijos en dólares.
La Asamblea Nacional aprobó una reforma al Código Tributario que modifica varios procedimientos que deben seguir los contribuyentes y la Administración Tributaria. Los cambios todavía deben pasar por el Ejecutivo, por lo que las nuevas reglas aún no están vigentes.
Uno de los principales cambios está relacionado con el bloqueo y retención de cuentas por deudas tributarias. Antes de aplicar estas medidas, el Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá notificar formalmente al contribuyente y esperar 20 días para que pueda pagar la obligación o realizar la baja de activos.
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Además, el dinero retenido no podrá superar el valor de la deuda pendiente. La misma obligación tampoco podrá generar retenciones duplicadas en distintas instituciones financieras.
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Cambian las notificaciones y los plazos
La reforma también establece nuevas reglas para las notificaciones tributarias. La Administración deberá priorizar los canales registrados por cada contribuyente, entre ellos el buzón tributario y el correo electrónico.
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En cuanto a los reclamos, la Administración Tributaria tendrá un plazo de hasta 120 días hábiles para resolverlos, mientras que los recursos de revisión que cumplan los requisitos deberán ser admitidos y tendrán un plazo de hasta 180 días para su resolución.
Nuevas reglas para deudas y devoluciones
La reforma mantiene los plazos actuales para las devoluciones tributarias y establece reglas específicas para los pagos indebidos o realizados en exceso. Además, la Administración Tributaria podrá declarar de oficio la prescripción de una deuda cuando haya transcurrido el plazo establecido para exigirla.
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También se podrán corregir errores materiales, citas legales o cálculos contenidos en una decisión administrativa, siempre que la rectificación no cambie el sentido de la resolución original.
Las multas tendrían otro cálculo
Otro cambio está relacionado con las multas por infracciones tributarias y reglamentarias. Estas pasarían a calcularse tomando como referencia el salario básico unificado (SBU), en lugar de utilizar valores fijos establecidos en dólares.
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La reforma no crea nuevos impuestos ni modifica las tarifas vigentes. Los cambios se concentran en los procedimientos, las notificaciones y los mecanismos de cobro y atención de obligaciones tributarias.
El proyecto aprobado por la Asamblea todavía debe ser analizado por el presidente de la República, quien puede sancionarlo u objetarlo total o parcialmente. Por ello, las disposiciones aprobadas podrían cambiar antes de convertirse en ley.