ELECCIONES SECCIONALES 2026
Último día para postularse al CPCCS 2027: horario, requisitos y prohibiciones para inscribirse
El Consejo Nacional Electoral (CNE) recibirá hasta este 25 de junio de 2026 las postulaciones de las personas interesadas en integrar el CPCCS

El Consejo de Participación Ciudadana se conforma por siete vocales principales y siete suplentes.
Lo que debes saber
- El CNE recibirá hasta la tarde de este 25 de junio de 2026 las postulaciones al CPCCS.
- Los candidatos inscritos podrán ser impugnados por la ciudadanía por presunto incumplimiento de requisitos.
- La lista definitiva de candidatos al Consejo de Participación se conocerá en septiembre de 2026.
Este jueves 25 de junio de 2026 es el último día en que el Consejo Nacional Electoral (CNE) recibirá postulaciones para integrar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). El CNE ha habilitado facilidades para que las personas interesadas puedan presentar su candidatura.
Política
CNE abre las postulaciones para el CPCCS 2027: fechas y requisitos esenciales que debes conocer
Richard Josue Jimenez Mora
Horario y lugar para presentar postulación al CPCCS
De acuerdo con la convocatoria del CNE, las postulaciones para consejero del CPCCS se recibirán hasta las 18:00 de este 25 de junio de 2026. Las candidaturas deberán presentarse de forma física en la Secretaría General del CNE, en Quito; en las secretarías de las delegaciones provinciales; o en las oficinas consulares del Ecuador en el exterior.

El CPCCS saliente está presidio por Andrés Fantoni (C).
Requisitos para postular a consejero de Participación
- Ser ecuatoriano
- Etar en goce de los derechos políticos
- Ser mayor de edad
- Acreditar probidad notoria, diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de obligaciones
- Acreditar trayectoria en organizaciones sociales y en la lucha contra la corrupción
- Poseer título de tercer nivel legalmente registrado en el sistema de educación superior ecuatoriano.

Las elecciones del CPCCS sucederán en medio del concurso para fiscal general del Estado, que se encuentra en etapa de calificación de méritos.
Prohibiciones para integrar el CPCCS
- Se hallaren en interdicción judicial, mientras ésta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
- Hayan recibido sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista;
- Mantengan contrato con el Estado como persona natural, socio, representante o apoderado de personas jurídicas, siempre que el contrato se haya celebrado para la ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos naturales;
- No hayan cumplido las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado por violencia intrafamiliar o de género;
- Hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto;
- Hayan sido sentenciados por delitos de lesa humanidad y crímenes de odio;
- Tengan obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas o Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;
- Sean afiliados, adherentes o dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años, o hayan desempeñado un dignidad de elección popular en el mismo lapso, a excepción de concejales, vocales de las juntas parroquiales y de los consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que se postulan a la reelección;
- Sean miembros del Consejo Nacional Electoral, delegados provinciales o funcionarios inmersos en la verificación de requisitos, miembros del Tribunal Contencioso Electoral, autoridades designadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, jueces de la Función Judicial, ministros o secretarios de Estado, miembros del servicio exterior; y, las autoridades del nivel jerárquico superior, en la escala desde quinto grado, salvo que hayan renunciado a sus funciones treinta (30) meses antes de la fecha señalada para su inscripción;
- Sean miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo; o, representantes de cultos religiosos
- Adeuden pensiones alimenticias debidamente certificadas por la autoridad judicial competente;Sean cónyuges, mantengan unión de hecho o sean parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con la o el Presidente/a o Vicepresidente/a de la República; miembros del Consejo Nacional Electoral o jueces del Tribunal Contencioso Electoral, delegados provinciales o funcionarios inmersos en la verificación de requisitos; asambleístas, prefectos/as y alcaldes/as, así como autoridades designadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; o, las autoridades del nivel jerárquico superior, en la escala desde quinto grado, que se encuentren en funciones a la fecha de la postulación;Se encuentren incursos en la prohibición prevista en la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular efectuada el 19 de febrero del 2017, consistente en la prohibición para que servidores/as públicos/as y candidatos/as a dignidades de elección popular tengan bienes o capitales en paraísos fiscales; y,Las personas contra quienes exista sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias y testaferismo, así como lavado de activos, asociación ilícita o delincuencia organizada, relacionados con actos de corrupción; y, en general, quienes hayan sido sentenciados por defraudaciones a las instituciones del Estado, están prohibidos para el desempeño, bajo cualquier modalidad, de un puesto, cargo, función o dignidad pública.

Henry Llanes es uno de los postulantes inscritos en el último día.
Candidatos podrán ser impugnados por la ciudadanía
Luego de la presentación de las postulaciones, el calendario electoral establece que entre el 29 y el 30 de junio se difundirá el listado de postulantes en la página web del CNE para que la ciudadanía pueda presentar impugnaciones por el incumplimiento de alguno de los requisitos o por estar inmersos en alguna de las prohibiciones establecidas.
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Lista final de candidatos se conocerá en septiembre
La comisión verificadora elaborará un informe con las pruebas de cargo y de descargo para resolver las impugnaciones. Posteriormente, el documento será remitido al Pleno del CNE para su conocimiento y resolución. La decisión del órgano electoral podrá ser impugnada por los postulantes que se consideren afectados. La lista definitiva de postulantes al CPCCS se publicará el 24 de septiembre de 2026.
La elección del nuevo CPCCS se realizará el 29 de noviembre de 2026, junto con la elección de nuevas autoridades locales. Los consejeros electos cumplirán el periodo 2027-2031 y asumirán los concursos que permanecen pendientes, como la renovación del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).