ELECCIONES SECCIONALES 2026
Carlos Falquez Aguilar queda fuera de la carrera por la Alcaldía de Machala por sentencia del TCE
El Tribunal Contencioso Electoral ratificó la descalificación del exalcalde de Machala resuelta por el Consejo Nacional Electoral (CNE)

Carlos Falquez Aguilar fue alcalde de Machala entre 2014 y 2019.
Lo que debes saber
- El TCE ratificó la descalificación de Carlos Falquez Aguilar a la Alcaldía de Machala.
- El candidato solicitó una figura jurídica improcedente y no impugnó en el plazo legal.
- La impugnación original la presentó el movimiento CREO por presuntas irregularidades.
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificó en última instancia la descalificación de la candidatura de Carlos Falquez Aguilar a la Alcaldía de Machala, en la provincia de El Oro. El organismo electoral determinó que la apelación del postulante resultó improcedente al solicitar una corrección fuera de norma en lugar de activar los recursos legales ordinarios, dejando en firme la resolución previa de la Junta Provincial Electoral de El Oro y descartando la vulneración de sus derechos políticos en los comicios seccionales.
El TCE confirma la descalificación de Carlos Falquez Aguilar
En su resolución final, los jueces del organismo electoral determinaron que el reglamento para la calificación e inscripción de candidaturas contempla de forma expresa las vías legales permitidas, entre las cuales no consta la figura legal presentada por la defensa del aspirante.
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De acuerdo con el expediente analizado por el tribunal, el recurrente tramitó una solicitud no contemplada en el marco legal vigente durante el periodo de inscripción:
- Vías legales contempladas en el reglamento: objeción e impugnación de candidaturas.
- Mecanismo solicitado por el postulante: trámite de corrección (figura inexistente en dicha fase).
- Recurso contencioso: no se presentó oportunamente el recurso subjetivo contencioso electoral.
Al haber requerido la corrección de la resolución emitida por el Pleno de la Junta Provincial Electoral de El Oro en lugar de interponer una impugnación a tiempo, la decisión original cobró firmeza jurídica absoluta.

Ana Belén Cordero, presidenta del movimiento CREO, solicitó a la Junta Electoral de El Oro no calificar la candidatura de Falquez Aguilar por presuntas irregularidades.
Descartada la vulneración del derecho a elegir y ser elegido
El Tribunal Contencioso Electoral resolvió que el fallo no vulnera de ninguna manera el derecho de Falquez Aguilar a elegir y ser elegido. La entidad subrayó que el postulante disponía de un ordenamiento jurídico previsible, estable, determinado y coherente que rige con claridad los pasos para la inscripción formal.
Asimismo, el tribunal desestimó una presunta falta de motivación jurídica, señalando que la falta de pronunciamiento sobre las pretensiones de fondo obedeció al incumplimiento de los procedimientos reglamentarios por parte del propio recurrente.
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El origen del conflicto electoral con el movimiento CREO
El proceso electoral en torno a Falquez Aguilar comenzó a trabarse cuando el movimiento CREO solicitó a la Junta Provincial Electoral de El Oro negar su calificación de cara a la Alcaldía de Machala, argumentando la existencia de una presunta irregularidad en la firma de reglamentos.
Ante este reclamo, Falquez Aguilar cuestionó públicamente la posición de dicha organización política, recordando que su designación se concretó tras haber ganado el respectivo proceso de democracia interna de la agrupación como precandidato oficial.