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José de la Gasca: El dilema de la punibilidad

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El derecho a una “muerte digna” no es algo que hoy la ley penal resuelve, pero sí lo castiga. ¿Cumple un rol preventivo la ley penal en estos casos?

A escala social, las conductas son buenas o malas, según lleven o no la amenaza de un castigo. Para que este mecanismo de control social funcione, lo ‘malo’ debe estar escrito como delito en las leyes. Entonces, será la ley la que establezca las circunstancias en las que robar, sobornar, violar y matar son delitos y cuál es la pena que merecen. Se supone, entonces, que así el Estado promueve, por medio del miedo a la pena, que esas conductas no se cometan. Así se construye y alimenta nuestro sistema penal.

Pero ya sabemos que en el Ecuador las leyes penales no responden a esta lógica. Los procesos legislativos son, en verdad, el ejercicio de juegos de poder político y demagogia, en los que se imprime la retórica utilitarista y las pasiones de la mayoría de turno. Los debates razonados, las objeciones de conciencia y las votaciones no son la mejor expresión de democracia representativa que conocemos, sino que impera esa ‘mancha de aceite’ del populismo penal y la gracia política que ofrece agravar penas, y delitos.

Matar, sin duda, es una conducta desaprobada y reprochable. En la ley, “matar” es el verbo rector de varias figuras (tipos) penales en los que se castiga los ataques contra la vida que ocasionen la muerte. Ahí tenemos al homicidio simple, asesinato, femicidio y hasta el homicidio culposo. Todos estos tipos penales cumplen una función de protección al valor fundamental de “inviolabilidad de la vida”.

Pero las leyes son generales, abstractas y no distinguen todos los casos o escenarios en los que un resultado de muerte merece una pena. Y desde luego, hay casos especiales que necesitan una discusión mucho más profunda.

El derecho a una “muerte digna” no es algo que hoy la ley penal resuelve, pero sí lo castiga. ¿Cumple un rol preventivo la ley penal en estos casos?

La respuesta es incierta porque, seguramente, sí disuade a los médicos que asisten a un paciente decidido a morir con dignidad. Pero al mismo tiempo, hace proliferar los casos de suicidios y muertes asistidas en la clandestinidad.

Hoy la Corte Constitucional debe condicionar el verbo matar con el derecho a morir con dignidad.